Resolución N° 1/019 Se prorroga por veinte días hábiles el plazo dispueto por el inciso 1.° del artículo 15 de la ley n.° 18.381, del 17 de octubre de 2008 para resolver la solicitud de información formulada por Pablo Martínez
SECRETARÍA DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Montevideo, 20 MAY 2019
VISTO: la solicitud de información pública formulada por el señor Pablo Martínez Kinder
RESULTANDO: que por la misma solicita “información referente a los homicidios en Uruguay en el año 2018. Donde se detalle genero y edad de la víctima y género, edad y motivo del victimario para aquellos casos que pudo establecerse. Para los demás casos, favor proporcionar los datos de las víctimas únicamente”;
CONSIDERANDO: que a los efectos de la búsqueda de la información solicitada, resulta exiguo el plazo inicial de veinte días hábiles, por lo que se hace necesario disponer una prórroga por otros veinte días hábiles;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por el inciso 2o del artículo 15 de la Ley N° 18.381 de 17 de octubre de 2008;
EL SECRETARIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
- Prorrógase por veinte días hábiles el plazo dispuesto por el inciso 1o del Artículo 15 de la Ley N° 18.381 de 17 de octubre de 2008 para resolver la solicitud de información formulada por el señor Pablo Martínez Kinder.
- Notifíquese, comuniqúese, etc
Dr. Miguel A. Toma, secretario de la Presidencia de la República
