Resolución N° 1/019 Se sustituye el numeral III) del considerando de la resolución del Poder Ejecutivo de 28 de enero de 2019, que quedará redactado de la forma que se detalla (ver hipervínculo).

Se sustituye el numeral III) del considerando de la resolución del Poder Ejecutivo de 28 de enero de 2019, que quedará redactado de la forma que se detalla (ver hipervínculo).

MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

VISTO: la Resolución del Poder Ejecutivo de 28 de enero de 2019;

RESULTANDO

  1. que por dicha Resolución se dejó sin efecto el Convenio suscrito el 27 de marzo de 2012 entre el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, y el Banco de Previsión Social, referente a los padrones propiedad de este último, N° 57.268, 57.278 y 143.845 de la Localidad Catastral Montevideo, departamento del mismo nombre, homologado por Resolución del Poder Ejecutivo de 10 julio de 2012;
  2. que por la misma Resolución aprobó la suscripción de un nuevo Convenio entre el Banco de Previsión Social y el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente;
  3. que en el numeral III) del Considerando de la citada Resolución, se omitió la Localidad Catastral 'del padrón N° 555, pues donde dice "Localidad Catastral" debió decir "Localidad Catastral Montevideo", y se padeció error al establecer que dicho padrón es "propiedad del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente";

CONSIDERANDO: que corresponde modificar el acto referido a efectos de subsanar dicho error;

ATENTO: a lo expuesto precedentemente;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

  1. Sustituyase el numeral III) del Considerando de la Resolución del Poder Ejecutivo de 28 de enero de 2019, que quedará redactado de la siguiente manera: "III) que el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente ofreció al Banco de Previsión Social como contraprestación, la construcción de 20 viviendas para pasivos del Banco de Previsión Social, en el padrón N° 555 de la Localidad Catastral Montevideo, Departamento del mismo nombre, en atención a la cercanía de los padrones propiedad del Banco de Previsión Social a las vías del ferrocarril, a efectos de no perjudicar a la población pasiva;".
  2. En todo lo no expresamente modificado por la presente, se mantiene vigente en todos sus términos, la Resolución anteriormente mencionada.-
  3. Vuelva al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.-

Dr. Tabaré Vázquez, Presidente de la República Oriental del Uruguay, periodo 2015-2020

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