Resolución N° 107/019 Ampliación de habilitación a Ramón Freddy Fernández Soca (alianza) a prestar servicios portuarios. Puertos de Montevideo, Colonia, Juan Lacaze, Nueva Palmira, Fray Bentos, Salto, Paysandú y la Paloma

Se aprueba la resolución del Directorio de la Administración Nacional de Puertos (ANP) N° 765/3955, de fecha 21 de noviembre de 2018.

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS 
Montevideo, 25 FEB 2019
VISTO: la gestión promovida por la empresa unipersonal RAMÓN FREDDY FERNÁNDEZ SOCA (ALIANZA), ante la Administración Nacional de Puertos, solicitando la ampliación de la habilitación correspondiente para la prestación de servicios portuarios.
RESULTANDO: 

  1. Que por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 14 de noviembre de 2016, la referida empresa fue habilitada para la prestación de servicios en el Grupo “Al Buque” en la categoría “Reparaciones Navales”, en los Puertos de Montevideo, Colonia, Nueva Palmira, Juan Lacaze, Fray Bentos, Salto, Paysandú y La Paloma.
  2. Que en esta oportunidad la citada empresa, solicita la ampliación de la habilitación para el Grupo “Al Buque” en las categorías “Amarre y Desamarre” y “Cualquiera Otros, directos, indirectos o conexos, que se puedan prestar a las embarcaciones o artefactos navales y a sus tripulaciones” en los Puertos de Montevideo, Colonia, Nueva Palmira, Juan Lacaze, Fray Bentos, Salto, Paysandú y La Paloma.
  3. Que la presente gestión se efectúa al amparo de lo establecido en los artículos 14 y 18 del “Reglamento de Habilitación de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios”, aprobado por el artículo Io del Decreto N°413/992 de fecha Io de setiembre de 1992.
  4. Que la Administración Nacional de Puertos controló la documentación aportada por la interesada en cumplimiento de los requisitos económicos, administrativos y jurídicos que se exigen reglamentariamente para la habilitación, no formulando observaciones al respecto.    
  5. Que dicha Administración Nacional por Resolución de su Directorio N°765/3.955 de fecha 21 de noviembre de 2018 autorizó, supeditada a la aprobación del Poder Ejecutivo, la ampliación de la habilitación referida en el Resultando II) de la presente resolución.
  6. Que la Dirección Nacional de Transporte (Dirección General de Transporte Fluvial y Marítimo) y el Area Servicios Jurídicos (Departamento Asesoría Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras Publicas indican que no existen obstáculos de índole jurídico para la ampliación de habilitación peticionada, por lo que procede dictar resolución aprobando la gestión

CONSIDERANDO: los informes precedentes.
ATENTO: a lo dispuesto en los artículos 14 y 18 del Reglamento de Habilitación de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios, aprobado por el artículo Io del Decreto N°413/992 de fecha Io de setiembre de 1992, así como en los artículos 9 y 16 de la Reglamentación de la Ley N°16.246 de fecha 8 de abril de 1992, aprobada por el artículo Io del Decreto N°412/992 de fecha Io de setiembre de 1992.    
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA RESUELVE:

  1. Apruébase la Resolución N°765/3.955 de fecha 21 de noviembre de 2018 del Directorio de la Administración Nacional de Puertos, por la cual se amplía la habilitación a la empresa unipersonal RAMÓN FREDDY FERNÁNDEZ SOCA (ALIANZA), para prestar servicios portuarios en el Grupo “Al Buque” en las categorías “Amarre y Desamarre” y “Cualquiera Otros, directos, indirectos o conexos, que se puedan prestar a las embarcaciones o artefactos navales y a sus tripulaciones” en los Puertos de Montevideo, Colonia, Nueva Palmira, Juan Lacaze, Fray Bentos, Salto, Paysandú y La Paloma y por consiguiente su inscripción en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios.    
  2. Comuniqúese y vuelva a la Administración Nacional de Puertos, para notificar al interesado y demás efectos.

Firma 

Dr. Tabaré Vázquez

Presidente de la República, período 2015-2020.

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