Resolución N° 124/019 Se autoriza el cambio de destino, empresa, ampliación del material y reducción de área, del yacimiento de piedra y tosca.

Se autoriza el cambio de destino, empresa, ampliación del material y reducción de área, del yacimiento de piedra y tosca ubicado en el padrón n.º 858 (parte), de la 5.ª sección catastral del departamento de Artigas, propiedad de la Fundación Gertrudis Gastessi y Juan Martín Martinicorena.

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

Montevideo, 11 marzo 2019

VISTO: estos antecedentes relacionados con el cambio de destino, empresa, ampliación del material y reducción de área, del yacimiento de piedra y tosca ubicado en el padrón N°858 (parte), de la 5a Sección Catastral del Departamento de Artigas.

RESULTANDO;

  1. Que según Resolución del Ministro de Transporte y Obras Públicas de fecha 18 de agosto de 1994, dicho yacimiento fue incluido, en forma genérica en el Inventario de Canteras de Obras Públicas a que refiere el artículo 250 de la Ley N° 16.320 de fecha 1° de noviembre de 1992.   
  2. Que' la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, estima necesario el cambio de destino, empresa, ampliación del material y reducción de área, a fin de ser utilizado en los trabajos de “Ruta N° 30, tramo II: 20km000 - 57km200” y “Ruta N° 30, tramo III: 61km500 - 94km000”, ejecutados por la empresa TRAXPALCO S.A., en el marco de las Licitaciones Nos. 31/2017 y 33/2017.
  3. Que el Área Servicios Jurídicos (Departamento Asesoría Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, al tomar intervención, no formula observaciones al respecto.
  4. Que asimismo, la interesada deberá obtener y acreditar las autorizaciones ambientales pertinentes de parte del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, conforme a lo establecido en el Decreto N°349/005 de fecha 21 de setiembre de 2005.        

CONSIDERANDO: que la cantera incluida en el referido Inventario no está regida por las disposiciones del Código de Minería y rigen por consiguiente las normas de derecho común aplicables en la materia.

ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 250 de ¡a Ley N°16.320 de fecha 1° de noviembre de 1992.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

  1. Autorízase el cambio de destino, empresa, ampliación del material y reducción de área, del yacimiento de piedra y tosca ubicado en el padrón N°858 (parte), de la 5a Sección Catastral del Departamento de Artigas, propiedad de la Fundación Gertrudis Gastessi y Juan Martín Martinicorena.
  2. Autorízase asimismo la extracción de 135.000m3 del citado material, en un área de explotación de 9hás 8325m2 (correspondiente a las 3534hás 4952m2 del área total afectada), los cuales serán utilizados en los trabajos de "Ruta N° 30, tramo II: 20km000 - 57km200” y "Ruta N° 30, tramo III: 61km500 - 94km000”, ejecutados por la empresa TRAXPALCO S.A., en el marco de las Licitaciones Nos. 31/2017 y 33/2017.
  3. Estáblecese que previamente a la extracción que se autoriza, la interesada deberá presentar ante la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la correspondiente autorización ambiental emitida por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto N°349/005 de fecha 21 de setiembre de 2005.
  4. Comuniqúese, publíquese y vuelva a la mencionada Dirección Nacional, para notificación del interesado y demás efectos

Dr. Tabaré Vázquez, Presidente de la República Oriental del Uruguay, periodo 2015-2020

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