Resolución N° 156/019 Se incluye en el Inventario de Canteras de Obras Públicas el padrón n° 5947 de la 4° Sección Catastral del Departamento de Río Negro.

Se incluye en el Inventario de Canteras de Obras Públicas el padrón n° 5947 de la 4° Sección Catastral del Departamento de Río Negro.

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

Montevideo, 25 MAR 2019

VISTO: estos antecedentes relacionados con el yacimiento de balasto (limo), ubicado en el padrón N°5.947 (parte), de la 4a Sección Catastral del Departamento de Rio Negro.

RESULTANDO:

  1. Que la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, estima necesaria la inclusión de dicho yacimiento en el Inventario de Canteras de Obras Públicas a que refiere el artículo 250 de la Ley N°16.320 de fecha Io de noviembre de 1992, cuyo material será utilizado en las obras denominadas: “Ensanche y Rehabilitación de Ruta N°20, tramo: Ruta N°24 (9km500) y Escuela Rural N°56 (42km000)” y “Ensanche y Rehabilitación de Ruta N°20, tramo: Escuela Rural N°56 (42km000) y Ruta N°3 (70km000)”, ejecutadas por la firma COLIER S.A., en el marco de las Licitaciones C/108 y C/109, contratadas por la Corporación Vial del Uruguay S.A..
  2. Que el Area Servicios Jurídicos (Departamento Asesoría Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, al tomar intervención, manifiesta que no existen objeciones para la inclusión en el Inventario de Canteras de Obras Públicas del yacimiento descrito precedentemente, por lo que puede procederse al dictado de la resolución pertinente, al amparo de lo preceptuado por el artículo 250 de la Ley N°16.320 de fecha Io de noviembre de 1992.-
  3. Que asimismo, el interesado deberá obtener y acreditar las autorizaciones ambientales pertinentes de parte del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, conforme a lo establecido en el Decreto N°349/005 de fecha 21 de setiembre de 2005.

ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 250 de la Ley N°16.320 de fecha ¡o de noviembre de 1992.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

  1. incluyase en el Inventario de Canteras de Obras Públicas, a cargo de la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, el yacimiento de balasto (limo), ubicado en el padrón N°5.947 (parte), de la 4a Sección Catastral del Departamento de Rio Negro, propiedad de la firma LA COSTURA S.A. Sucursal Uruguay.
  2. Autorízase asimismo la extracción de hasta 200.000m3 del referido material, en un área de explotación de 5hás. 6022m2, para su utilización en las obras denominadas: “Ensanche y Rehabilitación de Ruta N°20, tramo: Ruta N°24 (9km500) y Escuela Rural N°56 (42km000)” y “Ensanche y Rehabilitación de Ruta N°20, tramo: Escuela Rural N°56 (42km000) y Ruta N°3 (70km000)”, ejecutadas por la firma COLIER S.A., en el marco de las Licitaciones C/108 y C/109, contratadas por la Corporación Vial del Uruguay S.A..
  3. Establécese que previamente a la extracción que se autoriza, el interesado deberá presentar ante la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la correspondiente autorización ambiental emitida por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto N°349/005 de fecha 21 de setiembre de 2005.-— 40.- Comuniqúese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de Vialidad, para notificación del interesado y demás efectos.

Dr. Tabaré Vázquez, Presidente de la República Oriental del Uruguay, periodo 2015-2020

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