Resolución N° 16/019 Se prorroga por el plazo de 18 meses la fecha de vencimiento de la admisión temporaria que se indica, gestionada por la empresa Azucitrus SA.

Se prorroga por el plazo de 18 meses la fecha de vencimiento de la admisión temporaria que se indica, gestionada por la empresa Azucitrus SA.

MINISTERIO DE INDUSTRIA ENERGÍA Y MINERÍA

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Montevideo, 28 ENE 2019

VISTO: la gestión promovida por la empresa AZUCITRUS S.A., por la que solicita prórroga de la vigencia de la operación de admisión temporaria, por el plazo de 18 (dieciocho) meses, a contar desde el vencimiento de la misma;

RESULTANDO: que la solicitud se realiza al amparo del artículo 4o del Decreto N° 505/009, de 3 de noviembre de 2009, que dispone: "... El Poder Ejecutivo previa solicitud fundada de ia parte interesada, que deberá ser presentada ante el Laboratorio Tecnológico dei Uruguay antes de ios 90 (noventa) días previos ai vencimiento dei plazo de ia admisión temporaria, podrá disponer, en casos excepcionales, debidamente justificados y acreditados, i a prórroga de dicho plazo por hasta 18 (dieciocho) meses improrrogables "(...),

CONSIDERANDO:

  1. que el Laboratorio Tecnológico del Uruguay, según informe de fecha 28 de noviembre de 2018, verificó mediante inspección la mercadería cuyas prórrogas se solicitan, y recomienda se autoricen las mismas;
  2.  que la Dirección Nacional de Industrias en informe técnico de fecha 10 de diciembre de 2018, sugiere acceder a lo solicitado en virtud de que la empresa ha fundamentado debidamente su solicitud;
  3. que en virtud de lo informado por el Laboratorio Tecnológico del Uruguay y la Dirección Nacional de Industrias, cuyos informes comparte, y atendiendo a que la solicitud se presentó en forma en cuanto al cumplimiento del plazo previo de 90 (noventa) días exigidos para la presentación de las solicitudes de prórroga conforme al artículo 4o del Decreto N° 505/009 ut supra transcripto, la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería sugiere autorizar la prórroga solicitada;

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el Decreto N° 505/009 de 3 de noviembre de 2009;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

  • Prorrógase por el plazo de 18 (dieciocho) meses, la fecha de vencimiento de la admisión temporaria que se indica, gestionada por la empresa AZUCITRUS S.A.:

A.T.

Mercadería

4121392

24642 unidades de bolsas de poliamida

  • Comuniqúese, etc.

Dr. Tabaré Vázquez, Presidente de la República Oriental del Uruguay, periodo 2015-2020

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