Resolución N° 190/019 Revocación de la autorización para funcionar como institución de intermediación financiera. American Express Bank (Uruguay) S.A.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 08 ABR 2019
VISTO: la gestión promovida por “American Express Bank (Uruguay) S.A.”
RESULTANDO:
- que por Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de “American Express Bank (Uruguay) S.A.” de 3 de noviembre de 2003, se resolvió la disolución anticipada y liquidación de la misma.
- que por Resolución de la Superintendencia de Servicios Financieros de Banco Central del Uruguay de 20 de febrero de 2008, se resolvió inhabilitar para funcionar como institución de intermediación financiera a “American Express Bank (Uruguay) S.A” a partir de la fecha de dicha resolución.
CONSIDERANDO: que analizados los recaudos y los trámites cumplidos, el Banco Central del Uruguay, la Auditoría Interna de la Nación y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas concluyeron que no existen objeciones que formular.
ATENTO: a lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 15.322 de fecha 17 de setiembre de 1982, en la redacción dada por el artículo 2o de la Ley N° 16.327 de 11 de noviembre de 1992 y el artículo 6o de la Ley N° 17.613 de 27 de diciembre de 2002 y demás disposiciones concordantes y complementarias,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA RESUELVE:
- Revócase la autorización para funcionar como institución de intermediación financiera en la República Oriental del Uruguay a “American Express Bank (Uruguay) S.A.” por cese voluntario de sus actividades.
- Comuniqúese al Banco Central del Uruguay y a la Auditoría interna de la Nación.
- Notifíquese al interesado, devuélvase la documentación que corresponda y archívese.
Firma
Dr. Tabaré Vázquez
Presidente de la República, período 2015-2020.