Resolución N° 2.189/019 Se sustituye el numeral 2.° de la resolución del Poder Ejecutivo del 26 de octubre de 2018.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
VISTO: la solicitud presentada por DURÁN & PERERA SOCIEDAD DE BOLSA S.A. y BAEREMAECKER CORREDOR DE BOLSA LIMITADA, para que se aplique a la fusión por absorción resuelta, lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley N° 16.906 de 7 de enero de 1998.
RESULTANDO: que por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 26 de octubre de 2018, se exoneró la referida fusión del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas, del Impuesto al Valor Agregado y del Impuesto a las Trasmisiones Patrimoniales que graven la transferencia de bienes, derechos y obligaciones, comprendidos en las trasmisiones patrimoniales operadas como consecuencia del compromiso de fusión realizado.
CONSIDERANDO:
- que la referida exoneración quedó sujeta a la condición suspensiva de la aprobación por parte de la Auditoría Interna de la Nación de la fusión por absorción proyectada por las solicitantes.
- que a efectos de que efectivamente opere la fusión, las partes han decidido que la misma quede sujeta al cumplimiento de ciertas condiciones, entre las cuales está la obtención de las exoneraciones fiscales.
- que la exoneración fiscal solamente debe quedar supeditada a la condición resolutoria de la aprobación por parte de la Auditoría Interna de la Nación de la fusión por absorción proyectada por las solicitantes.
ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley N° 16.906 de 7 de enero de 1998, a lo informado por la Comisión de Aplicación y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
- Sustitúyese el numeral 2o de la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 26 de octubre de 2018 por el siguiente:
- Las exoneraciones referidas en el numeral precedente quedan sujetas a la condición resolutoria de la aprobación por parte de la Auditoría Interna de la Nación de la fusión por absorción proyectada por las solicitantes.” 2o) El presente numeral tendrá vigencia desde el 26 de octubre de 2018.
- Comuniqúese a la Dirección General Impositiva y a la Comisión de Aplicación; notifíquese a los interesados y archívese.