Resolución N° 2.196/019 Se autoriza al director general de Casinos a suscribir con la empresa Costa Urbana SA un contrato de arrendamiento.

Se autoriza al director general de Casinos a suscribir con la empresa Costa Urbana SA un contrato de arrendamiento, cuyo texto se adjunta.

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Montevideo, 21 ENE 2019

VISTO: la gestión de la Dirección General de Casinos relacionadas a la contratación de un loca! en Costa Urbana Shopping que sera sede de una nueva Sala de Esparcimiento.

RESULTANDO:

  1. que el 26 de abril de 2017, Costa Urbana S.A. ofreció un espacio de 700 m2 aproximadamente, a efectos de instalar una sala de juegos en el Centro Cívico Comercial.
  2. que el 15 de junio de 2017, la Dirección General de Casinos confirmó su interés en la propuesta realizada, solicitando información adicional.
  3. que el 3 de enero de 2018, Costa Urbana S.A. propuso un arrendamiento mensual de USD 50.000 (cincuenta mil dólares de los Estados Unidos de América) por aproximadamente 1302 metros totales, de uso exclusivo de la Dirección General de Casinos, sito en la décimo novena sección judicial del departamento de Canelones - localidad catastral Ciudad de la Costa, empadronado con el número setecientos setenta y cinco (775).  
  4. que por nota de fecha 6 de setiembre de 2018, Costa Urbana S.A. no presenta objeciones al borrador de contrato de arrendamiento.

CONSIDERANDO:

  1. que el Tribunal de Cuentas acordó en sesión de fecha 18 octubre de 2018, no formular observaciones al respecto, amparándose la contratación en lo dispuesto por el numeral 3), literal C) del artículo 33 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF) 2012, por un monto mensual en pesos uruguayos equivalente a la suma de USD 50.000 (cincuenta mil dólares de los Estados Unidos de América) a partir de la entrega efectiva del bien, de acuerdo a lo pactado por el plazo de 10 años, así como las cinco eventuales prórrogas, previo cumplimiento de los dispuesto por el artículo 40 del TOCAF.
  2. que según informe de la Dirección General de Casinos de fecha 19 de setiembre de 2018, el proyecto de obrados no implica erogación en el presente ejercicio y que el rubro presupuestal para afrontar el gasto es no limitativo.
  3. que según informe del Departamento de Arquitectura de la Dirección General de Casinos de fecha 12 de noviembre de 2018, se dio cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 40 del TOCAF.

ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por el Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF) - Decreto N° 150/012 de 11 de mayo de 2012,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

  1.  Autorizar al Director General de Casinos al amparo de lo dispuesto por el numeral 3), literal C) del artículo 33 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF) 2012, a suscribir con la empresa Costa Urbana S.A., contrato de arrendamiento del inmueble sito en la décimo novena (19a) sección judicial del departamento de Canelones - localidad catastral Ciudad de la Costa, empadronado con el numero setecientos setenta y cinco (775), cuyo texto se adjunta y forma parte de la presente Resolución.
  2. El plazo del contrato de arrendamiento seia de 10 (diez) años a partir de la entrega efectiva, prorrogable por cinco períodos anuales.
  3. El precio mensual del arrendamiento sera el equivalente en pesos uruguayos a USD 50.000 (cincuenta mil dólares de los Estados Unidos de América) reajustable de acuerdo a la cláusula quinta del referido contrato.
  4. La erogación resultante se atenderá con cargo al Inciso 05, Unidad Ejecutora 013, Financiación 1.3, Objeto del Gasto 251.
  5. Pase a la Dirección General de Casinos del Ministerio de Economía y Finanzas.

Dr. Tabaré Vázquez, Presidente de la República Oriental del Uruguay, periodo 2015-2020

 

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