Resolución N° 22/019 Se delega en el ministro de Economía y Finanzas las atribuciones referentes a la autorización de misiones oficiales no permanentes al exterior
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2018/05/001/60/213
VISTO: el artículo 53 de la Ley N° 16.170 de 28 de diciembre de 1990.
RESULTANDO: que dicha Ley establece que las misiones oficiales al exterior no permanentes de los funcionarios públicos de los Incisos 02 a 14, serán autorizadas por resolución de la Presidencia de la República.
CONSIDERANDO: que se estima conveniente delegar atribuciones al señor Ministro de Economía y Finanzas o en quien haga sus veces, para que autorice misiones oficiales al exterior no permanentes de los funcionarios de ese Ministerio, que integran los grupos de trabajo de las negociaciones comerciales de la agenda externa del MERCOSUR -Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA), Unión Europea UE, Corea del Sur, Singapur, Canadá- o aquellas que fueran acordadas por los Ministros de países del Mercosur.
ATENTO: a lo dispuesto por los artículos 160 y 168 Numeral 24 de la Constitución de la República,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
actuando en Consejo de Ministros
RESUELVE:
- Deléganse en el Ministro de Economía y Finanzas o quien haga sus veces, las atribuciones del Poder Ejecutivo referentes a la autorización de misiones oficiales al exterior no permanentes de los funcionarios del Ministerio de Economía y Finanzas, que atiendan reuniones de las negociaciones comerciales de la agenda externa del MERCOSUR.
- El Poder Ejecutivo podrá avocar las atribuciones delegadas, como asimismo el Ministro Delegado someterlas a consideración de ese Poder.
- Las atribuciones delegadas no pueden ser a su vez objeto de delegación.
- El Ministerio de Economía y Finanzas enviará a la Secretaría de la Presidencia de la República copia autenticada de las Resoluciones que se dicten en ejercicio de atribuciones delegadas.
- Comuniqúese, publíquese y archívese.