Resolución N° 2.206/019 Se autoriza al director general de Casinos a suscribir con la empresa HRU SA un contrato de renovación de arrendamiento.
Se autoriza al director general de Casinos a suscribir con la empresa HRU SA un contrato de renovación de arrendamiento, cuyo texto se adjunta.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
VISTO: la gestión de la Dirección General de Casinos relacionada a la renovación de contrato celebrado con la firma HRU S.A. (antes Hípica Rioplatense Uruguay S.A.) de un local para la sede de la Sala de Esparcimiento 18 de Julio.
RESULTANDO:
- que por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 13 de mayo de 2002, se adjudicó la Licitación Pública Internacional 01/2001, convocada conforme a la Ley 17.006 de 18 de setiembre de 1998, a la sociedad HRU S.A., la Concesión de la explotación del juego de apuestas mutuas sobre el resultado de carreras de caballos en el Hipódromo Nacional de Maroñas en todas sus modalidades y la tenencia, uso y explotación del inmueble en que tiene asiento.
- que por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 2 de octubre de 2002 se autoriza a la Dirección General de Casinos a suscribir el contrato de arrendamiento con la firma HRU S.A. que tiene por objeto la instalación de la Sala de Esparcimiento 18 de Julio, al amparo de lo dispuesto en el artículo 6 del Pliego de Bases y Condiciones que rigió la referida Licitación Pública Internacional.
- que con fecha 1o de noviembre de 2002 se suscribió el contrato de arrendamiento por el cual HRU S.A. dio en subarrendamiento y arrendamiento al Estado, Ministerio de Economía y Finanzas, Dirección General de Casinos, el inmueble empadronado con el número 7543, con frente a la Avenida 18 de Julio números 1297 y 1299 y Yaguaron número 1367 por ser esquina, con destino a la explotación, por parte del Estado, de una Sala de Esparcimiento.
- que el contrato de arrendamiento incluyó además todos los bienes muebles, corporales e incorporales, incluido el equipamiento de juego y todos los servicios periféricos necesarios para la citada explotación estatal, estando inserto en el denominado Sistema Mixto de Explotación de Complejos Turísticos y/o Comerciales.
- que el plazo de arrendamiento es de 15 años contados a partir del mes inmediato siguiente a la fecha de la entrega del local, venciendo su plazo contractual el 30 de junio de 2018.
- que con fecha 1o de setiembre de 2010 HRU S.A. y el Estado, Ministerio de Economía y Finanzas, Dirección General de Casinos.
acordaron incorporar al contrato de Arrendamiento y Subarrendamiento suscrito el 1o de noviembre de 2002, el inmueble empadronado con el número 7.548, con frente a la calle Yaguarón número 1377 y el arrendamiento de todos los bienes muebles, materiales e inmateriales y servicios periféricos. - que con fecha 26 de octubre de 2017 HRU S.A, propuso la renovación contractual, haciendo uso de la facultad de plantear al término del plazo máximo previsto para el arrendamiento en el ordenamiento jurídico vigente, la renovación del mismo, por el plazo que resta hasta completar los treinta años de concesión del Hipódromo Nacional de Maroñas, así como ampliar las áreas arrendadas, sin que implique ningún cambio en el precio del arrendamiento.
- que la Dirección General de Casinos mantiene la ocupación de los bienes arrendados.
- que por nota de fecha 20 de agosto de 2018, HRU S.A. expresó su conformidad al proyecto de contrato de arrendamiento.
CONSIDERANDO:
- que por razones de servicio, la Dirección General de Casinos estima necesario continuar el arriendo del inmueble con destino a la explotación de la Sala 18 de Julio.
- que el Tribunal de Cuentas acordó en sesión de fecha 12 de Diciembre de 2018, no formular observaciones a la renovación propuesta.
ATENTO: a lo expuesto,
- Autorizar al Director General de Casinos a suscribir con HRU S.A. la renovación de contrato de arrendamiento de los padrones y sus respectivas áreas en las que hoy funciona la actual Sala 18 de Julio por un monto anual, cuyo texto se adjunta y forma parte de la presente Resolución.
- La renovación del contrato de arrendamiento autorizada en el numeral 1) de la presente Resolución finalizará el 26 de Junio de 2032.
- El precio anual del arrendamiento será de USD 15:541.937 (Dólares de los Estados Unidos de América quince millones quinientos cuarenta y un mil novecientos treinta y siete) más IVA reajustable de acuerdo a la cláusula cuarta del referido contrato.
- La erogación resultante se atenderá con cargo al Inciso 05, Unidad Ejecutora 013, Financiación 1.3, Objeto del Gasto 251.
- Pase a la Dirección General de Casinos del Ministerio de Economía y Finanzas.
Dr. Tabaré Vázquez, Presidente de la República Oriental del Uruguay, periodo 2015-2020