Resolución N° 2.332/019 Se aprueba el proyecto de Contrato de Préstamo Nº 4642/OC-UR, a celebrarse entre la República Oriental del Uruguay y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID)

Se aprueba el proyecto de Contrato de Préstamo Nº 4642/OC-UR, a celebrarse entre la República Oriental del Uruguay y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por un monto de hasta U$S 20:000.000 (veinte millones de dólares de los Estados Unidos de América), destinado a contribuir a la financiación y ejecución del “Proyecto de Saneamiento de Ciudad del Plata, Etapa l”. Resolución n° 151/019.

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Montevideo, 2 5 MAR 2019

VISTO: el proyecto de Contrato de Préstamo N° 4642/OC-UR, a celebrarse entre la República Oriental del Uruguay y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), y el correspondiente proyecto de Convenio, a celebrarse entre el Ministerio de Economía y Finanzas y la Administración de las Obras Sanitarias del Estado (OSE), destinado a contribuir a la financiación y ejecución del proyecto denominado “Programa de Saneamiento de Ciudad del Plata, Etapa I”.

RESULTANDO

  1. que el monto del financiamiento asciende a la suma de hasta U$S 20:000.000 (veinte millones de dólares de los Estados Unidos de América), el cual será amortizado en un plazo de 25 (veinticinco) años, con 66 (sesenta y seis) meses de gracia y con una tasa de interés variable.
  2. que el proyecto de Contrato de Préstamo N° 4642/OC- UR, fue formalmente aprobado por el Directorio Ejecutivo del BID en sesión de fecha 26 de octubre 2018, según Resolución DE-71/18.
  3. que el Organismo Ejecutor del referido Proyecto será la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP), a través de la Unidad Coordinadora de la Dirección de Descentralización e Inversión Pública (DDIP).

CONSIDERANDO: que corresponde proceder a la aprobación del proyecto de Contrato de Préstamo negociado, a celebrarse entre la República Oriental del Uruguay y el Banco Interamericano de Desarrollo, así como el correspondiente proyecto de Convenio, a celebrarse entre el Ministerio de Economía y Finanzas y la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, los que serán suscritos, el primero, en nombre y representación del país, y el segundo, en nombre y representación del Ministerio de Economía y Finanzas, por el Señor Ministro de Economía y Finanzas, Cr. Danilo Astori o por el Señor Subsecretario de Economía y Finanzas, Cr. Pablo Ferreri, indistintamente.

ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 145 de la Ley N° 15.851, de 24 de diciembre de 1986, y el artículo 33 de la Ley N° 19.149, de 24 de octubre de 2013,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

  1. Apruébase el proyecto de Contrato de Préstamo N° 4642/OC-UR, a celebrarse entre la República Oriental del Uruguay y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por un monto de hasta U$S 20:000.000 (veinte millones de dólares de los Estados Unidos de América), destinado a contribuir a la financiación y ejecución del “Proyecto de Saneamiento de Ciudad del Plata, Etapa I”, cuyo texto constituye parte integrante de la presente Resolución.
  2. Apruébase el proyecto de Convenio, a celebrarse entre el Ministerio de Economía y Finanzas y la Administración de las Obras Sanitarias del Estado (OSE), cuyo texto constituye parte integrante de la presente Resolución.
  3. Los contratos referidos en los numerales V3) y 2o) de la presente Resolución, serán oportunamente otorgados y suscritos, el primero, en nombre y representación de la República, y el segundo, en nombre y representación del Ministerio de Economía y Finanzas, por el Señor Ministro de Economía y Finanzas, Cr. Danilo Astori o por el Señor Subsecretario de Economía y Finanzas, Cr. Pablo Ferreri, indistintamente.
  4. Desígnanse, indistintamente, al Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Cr. Alvaro García, al Sub-Director de la misma Oficina, Ec. Santiago Soto y al Director de Descentralización e Inversión Pública, Prof. Pedro Apezteguía, como representantes de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en todos los actos relacionados con la ejecución del referido Programa.
  5. Desígnanse, indistintamente, a los Dres. Ricardo Pérez Blanco, Marcos Álvarez Regó, Fernando Scelza y Gonzalo Muñiz Marton, para que expidan por la República los dictámenes jurídicos correspondientes.
  6. Dese cuenta a la Asamblea General, dentro de los 10 (diez) días siguientes a la celebración del referido Contrato de Préstamo.
  7. Publíquese y vuelvan estas actuaciones a la Unidad de Relacionamiento con Organismos Multilaterales del Ministerio de Economía y Finanzas; comuniqúese y archívese.

Dr. Tabaré Vázquez, Presidente de la República Oriental del Uruguay, periodo 2015-2020

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