Resolución N° 26/019 Se aprueba la resolución n.° 548/3942, de fecha 22 de agosto de 2018, del Directorio de la Administración Nacional de Puertos, que amplía la habilitación de la firma Murchison (Uruguay) SA.
Se aprueba la resolución n.° 548/3942, de fecha 22 de agosto de 2018, del Directorio de la Administración Nacional de Puertos, que amplía la habilitación de la firma Murchison (Uruguay) SA.
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
VISTO: estos antecedentes relacionados con la ampliación de la Licitación Pública N°26/2012, formulada por la Dirección Nacional de Vialidad, para la ejecución de los trabajos denominados: “Contrato de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, circuito Florida Norte”.
RESULTANDO:
- Que dicho procedimiento fue adjudicado y ampliado a la empresa WORKVIAL S.A., según Resoluciones del Poder Ejecutivo, de fechas 25 de abril de 2013 y 24 de julio de 2017 respectivamente.
- Que la Dirección Nacional de Vialidad manifiesta que, atento a las lluvias acaecidas en el transcurso de estos meses, es imprescindible dar continuidad a los trabajos referidos, a los efectos de asegurar un óptimo estado de las rutas incluidas en la presente licitación.
- Que la referida ampliación equivale a un 50% del Contrato Original, ascendiendo a la suma de $35:936.974,92 (pesos uruguayos treinta y cinco millones novecientos treinta y seis mil novecientos setenta y cuatro con noventa y dos centésimos) más IVA y Leyes Sociales, por el plazo de 24 (veinticuatro) meses.
- Que la empresa adjudicataria, por nota de fecha 29 de agosto de 2018, prestó su conformidad, a la ejecución de los trabajos ampliatorios de referencia.
- Que el Tribunal de Cuentas de la República (E.E. N°2012-17-1-0000765, Ent. N°5367/18), ha tomado la intervención previa que le compete, sin formular observaciones al respecto.
CONSIDERANDO: pertinente el dictado de resolución que contemple la gestión de que se trata.
ATENTO: a lo establecido por el artículo 74 del Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado, aprobado por el Decreto N°150/012 del fecha 11 de mayo de 2012.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
- Amplíase, en la suma de $35:936.974,92, (pesos uruguayos treinta y cinco millones novecientos treinta y seis mil novecientos setenta y cuatro con noventa y dos centésimos) más IVA y Leyes Sociales, equivalente a un 50% del contrato original, por el plazo de 24 (veinticuatro) meses, la Licitación Pública N°26/2012, formulada por la Dirección Nacional de Vialidad, para el “Contrato de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, circuito Florida Norte”, adjudicado y ampliado a la firma WORKVIAL S.A., según Resoluciones del Poder Ejecutivo, de fechas 25 de abril de 2013 y 24 de julio de 2017 respectivamente.
- Autorízase a los fines indicados, la inversión de la suma de $35:936.974,92, (pesos uruguayos treinta y cinco millones novecientos treinta y seis mil novecientos setenta y cuatro con noventa y dos centésimos), más IVA y Leyes Sociales La suma antes indicada, más los mayores costos resultantes, se atenderá con cargo a la Ley N°19.355 de fecha 19 de diciembre de 2015, Inciso 10, Unidad Ejecutora 003, Programa 362, Proyecto 750, Financiación 1.1 Rentas Generales.
- Establécese que la notificación de la presente resolución será a todos los efectos legales, la ampliación del contrato correspondiente a que refieren las disposiciones del Pliego de Condiciones Particulares, normas y reglamentaciones vigentes en la materia, siendo las obligaciones y derechos de la adjudicataria las que surgen de las mismas y su oferta.
- Dispónese asimismo, que la firma contratista deberá constituir la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato en el plazo y mediante los instrumentos de estilo, previstos en el Pliego de Condiciones Particulares en el Departamento Notarial del Area Servicios Jurídicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas. El no cumplimiento de la citada obligación, podrá ser causal de rescisión de la Ampliación del Contrato y dar lugar a las sanciones aplicables.
- Comuniqúese y siga a la Dirección Nacional de Vialidad a fin de proceder a la intervención contable del caso; fecho siga al Contador Central delegado por la Contaduría General de la Nación y al Contador Auditor del Tribunal de Cuentas de la República, destacados en el Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Cumplido, vuelva a la citada Unidad Ejecutora, para notificación del interesado y proceder según lo dispuesto en el Decreto N°175/004 de fecha 26 de mayo de 2004 y demás efectos.
Dr. Tabaré Vázquez, Presidente de la República Oriental del Uruguay, periodo 2015-2020