Resolución N° 26/019 Se aprueba la resolución n.° 548/3942, de fecha 22 de agosto de 2018, del Directorio de la Administración Nacional de Puertos, que amplía la habilitación de la firma Murchison (Uruguay) SA.

Se aprueba la resolución n.° 548/3942, de fecha 22 de agosto de 2018, del Directorio de la Administración Nacional de Puertos, que amplía la habilitación de la firma Murchison (Uruguay) SA.

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

Montevideo, 21 ENE 2019

VISTO: estos antecedentes relacionados con la ampliación de la Licitación Pública N°26/2012, formulada por la Dirección Nacional de Vialidad, para la ejecución de los trabajos denominados: “Contrato de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, circuito Florida Norte”.

RESULTANDO:

  1. Que dicho procedimiento fue adjudicado y ampliado a la empresa WORKVIAL S.A., según Resoluciones del Poder Ejecutivo, de fechas 25 de abril de 2013 y 24 de julio de 2017 respectivamente.
  2. Que la Dirección Nacional de Vialidad manifiesta que, atento a las lluvias acaecidas en el transcurso de estos meses, es imprescindible dar continuidad a los trabajos referidos, a los efectos de asegurar un óptimo estado de las rutas incluidas en la presente licitación.
  3. Que la referida ampliación equivale a un 50% del Contrato Original, ascendiendo a la suma de $35:936.974,92 (pesos uruguayos treinta y cinco millones novecientos treinta y seis mil novecientos setenta y cuatro con noventa y dos centésimos) más IVA y Leyes Sociales, por el plazo de 24 (veinticuatro) meses.
  4. Que la empresa adjudicataria, por nota de fecha 29 de agosto de 2018, prestó su conformidad, a la ejecución de los trabajos ampliatorios de referencia.
  5. Que el Tribunal de Cuentas de la República (E.E. N°2012-17-1-0000765, Ent. N°5367/18), ha tomado la intervención previa que le compete, sin formular observaciones al respecto.     

CONSIDERANDO: pertinente el dictado de resolución que contemple la gestión de que se trata.        

ATENTO: a lo establecido por el artículo 74 del Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado, aprobado por el Decreto N°150/012 del fecha 11 de mayo de 2012.         

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE
:

  1. Amplíase, en la suma de $35:936.974,92, (pesos uruguayos treinta y cinco millones novecientos treinta y seis mil novecientos setenta y cuatro con noventa y dos centésimos) más IVA y Leyes Sociales, equivalente a un 50% del contrato original, por el plazo de 24 (veinticuatro) meses, la Licitación Pública N°26/2012, formulada por la Dirección Nacional de Vialidad, para el “Contrato de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, circuito Florida Norte”, adjudicado y ampliado a la firma WORKVIAL S.A., según Resoluciones del Poder Ejecutivo, de fechas 25 de abril de 2013 y 24 de julio de 2017 respectivamente.
  2. Autorízase a los fines indicados, la inversión de la suma de $35:936.974,92, (pesos uruguayos treinta y cinco millones novecientos treinta y seis mil novecientos setenta y cuatro con noventa y dos centésimos), más IVA y Leyes Sociales La suma antes indicada, más los mayores costos resultantes, se atenderá con cargo a la Ley N°19.355 de fecha 19 de diciembre de 2015, Inciso 10, Unidad Ejecutora 003, Programa 362, Proyecto 750, Financiación 1.1 Rentas Generales.
  3. Establécese que la notificación de la presente resolución será a todos los efectos legales, la ampliación del contrato correspondiente a que refieren las disposiciones del Pliego de Condiciones Particulares, normas y reglamentaciones vigentes en la materia, siendo las obligaciones y derechos de la adjudicataria las que surgen de las mismas y su oferta.
  4. Dispónese asimismo, que la firma contratista deberá constituir la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato en el plazo y mediante los instrumentos de estilo, previstos en el Pliego de Condiciones Particulares en el Departamento Notarial del Area Servicios Jurídicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas. El no cumplimiento de la citada obligación, podrá ser causal de rescisión de la Ampliación del Contrato y dar lugar a las sanciones aplicables.
  5. Comuniqúese y siga a la Dirección Nacional de Vialidad a fin de proceder a la intervención contable del caso; fecho siga al Contador Central delegado por la Contaduría General de la Nación y al Contador Auditor del Tribunal de Cuentas de la República, destacados en el Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Cumplido, vuelva a la citada Unidad Ejecutora, para notificación del interesado y proceder según lo dispuesto en el Decreto N°175/004 de fecha 26 de mayo de 2004 y demás efectos.

Dr. Tabaré Vázquez, Presidente de la República Oriental del Uruguay, periodo 2015-2020

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