Resolución N° 27/019 Se incluye en el Inventario de Canteras de Obras Públicas el yacimiento de material granular ubicado en el padrón n.° 1840 de la 4.ª sección catastral del departamento de Flores.
Se incluye en el Inventario de Canteras de Obras Públicas el yacimiento de material granular ubicado en el padrón n.° 1840 de la 4.ª sección catastral del departamento de Flores.
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
VISTO: estos antecedentes relacionados con el yacimiento de material granular (tosca), ubicado en el padrón N° 1.840 (parte), de la 4a Sección Catastral del Departamento de Flores.
RESULTANDO:
- que la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Publicas, estima necesaria la inclusión en el Inventario de Canteras de Obras Públicas. en el marco de lo establecido por el artículo 250 de la Ley N° 16.320 de fecha 1° de noviembre de 1992. dada la necesidad de contar con dicho material. para la realización de las obras denominadas: “Bacheo en Ruta N° 57, tramo: 19km700 - 58kml00”, ejecutadas por la empresa R&K Ingenieros S.R.L.. en el marco de la Licitación C/104, contratada por la Corporación Vial del Uruguay S.A.
- Que el Area Servicios Jurídicos (Departamento Asesoría Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras Públicas al tomar la intervención que le compete, manifiesta que no existen observaciones jurídicas que formular a la solicitud de inclusión en el Inventario de Canteras de Obras Publicas del yacimiento de que se trata, la cual se ajusta a la preceptiva contenida en el artículo 250 de la Ley N° 16.320 de fecha 1o de noviembre de 1992.
- Que asimismo, la peticionante deberá obtener y acreditar las autorizaciones ambientales pertinentes por parte del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, conforme a lo establecido en el Decreto N° 349/005 de fecha 21 de setiembre de 2005.
CONSIDERANDO: que la cantera incluida en el referido Inventario, no está regida por las disposiciones del Código de Minería y rigen por consiguiente las normas de derecho común aplicables en la materia.
ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 250 de la Ley N° 16.320 de fecha 1° de noviembre de 1992.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
- Inclúyase en el Inventario de Canteras de Obras Públicas, a cargo de la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, el yacimiento de material granular (tosca), ubicado en el padrón N° 1.840 (parte), de la 4'1 Sección Catastral del Departamento de Flores, propiedad del señor Walter Beneventi.
- Autorízase la extracción de hasta lO.OOOm3 del referido material, en un área de explotación de 6000m2, área total afectada lhá 1646nr para la realización de las obras denominadas: “Bacheo en Ruta N° 57, tramo: 19km700 - 58kml00”, ejecutadas por la empresa R&K Ingenieros S.R.L., en el marco de la Licitación C/104, contratada por la Corporación Vial del Uruguay S.A.
- Establécese que previamente a la extracción que se autoriza, la citada empresa, deberá presentar ante la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de 'Transporte y Obras Públicas, la correspondiente autorización ambiental emitida por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto N°349/005 de fecha 21 de setiembre de 2005.
- Comuniqúese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, para notificación de los interesados y demás efectos.
Dr. Tabaré Vázquez, Presidente de la República Oriental del Uruguay, Periodo 2015-2020