Resolución N° 342/019 Se prorroga el plazo de vencimiento de las admisiones temporarias que se indica, gestionadas por Asuan SA.

Se prorroga el plazo de vencimiento de las admisiones temporarias que se indica, gestionadas por Asuan SA.

MINISTERIO DE INDUSTRIA ENERGÍA Y MINERÍA

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Montevideo, 0 7 ENE 2019

VISTO: la gestión promovida por la empresa ASUAN S.A., por la que solicita prórroga de la vigencia de la admisión temporaria 4120289, por el plazo de 18 (dieciocho) meses, a contar desde el vencimiento de la misma;    

RESULTANDO: que la solicitud se realiza al amparo del artículo 4o del Decreto N° 505/009, de 3 de noviembre de 2009, que dispone: ”... El Poder Ejecutivo previa solicitud fundada de la parte interesada, que deberá ser presentada ante el Laboratorio Tecnológico del Uruguay antes de los 90 (noventa) días previos al vencimiento del plazo de la admisión temporaria, podrá disponer, en casos excepcionales, debidamente justificados y acreditados, la prórroga de dicho plazo por hasta 18 (dieciocho) meses improrrogables" .

CONSIDERANDO:

  1. que el Laboratorio Tecnológico del Uruguay, según informe de fecha Io de noviembre de 2018, verificó mediante inspección la mercadería cuya prórroga se solicita, y recomienda se autorice la misma;     
  2. que la Dirección Nacional de Industrias en informe técnicos de fecha 16 de noviembre de 2018, sugiere acceder a lo solicitado en virtud de que la empresa ha fundamentado debidamente su solicitud;       
  3. que en virtud de lo informado por el Laboratorio Tecnológico del Uruguay y la Dirección Nacional de Industrias, cuyos informes comparte, y atendiendo a que la solicitud se presentó en forma en cuanto al cumplimiento del plazo previo de 90 (noventa) días exigidos para la presentación de las solicitudes de prórroga conforme al artículo 4o del Decreto N° 505/009 ut supra transcripto, la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería sugiere autorizar la prórroga solicitada;

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el Decreto N° 505/009 de 3 de noviembre de 2009;            

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

  • Prorrógase por el plazo de 18 (dieciocho) meses, la fecha de vencimiento de la admisión temporaria que se indica, gestionada por la

empresa ASUAN S.A.:

A.T.

Mercadería

4120289

1624 unidades de ruedas de fijación de ejes

  • Comuniqúese, etc.

Dr. Tabaré Vázquez, Presidente de la República Oriental del Uruguay, periodo 2015-2020

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