Resolución N° 354/019 Se comparte el criterio expresado por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios

Se comparte el criterio expresado por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios en cuanto a que el cómputo previsto en el artículo 145 de la ley N° 17738, del 7 de marzo de 2004, no comprende a los cargos de Secretario III Abogado (Poder Judicial) y Asesor I Abogado (Fiscalía).

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