Resolución N° 3.544/019 Se aprueba el acuerdo específico de implementación del Centro de Operaciones de Seguridad entre Agesic y la Fundación Julio Ricaldoni de la Facultad de Ingeniería de la Universidad de la República

Se aprueba el acuerdo específico de implementación del Centro de Operaciones de Seguridad entre Agesic y la Fundación Julio Ricaldoni de la Facultad de Ingeniería de la Universidad de la República, que se adjunta a la presente resolución.

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY

Montevideo, 25 marzo 2019

VISTO: el Proyecto de Acuerdo Específico denominado “Implementación Centro de Operaciones de Seguridad” a suscribirse entre la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC) y la Fundación Julio Ricaldoni (FJR) de la Facultad de Ingeniería de la Universidad de la República;

RESULTANDO: 

  1. que el Acuerdo Específico referenciado, se enmarca en el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional firmado el 26 de agosto de 2013 entre AGESIC y la FJR, y su respectiva adeuda de fecha 23 de octubre de 2014, en virtud del cual se acordó que ambas se apoyarán mutuamente para el más eficaz y eficiente cumplimiento de sus respectivas misiones y líneas estratégicas;
  2. que el mencionado Convenio establece que las diversas actividades a desarrollarse se instrumentarán en Acuerdos Específicos complementarios;
  3. que AGESIC ha implementado un Centro de Operaciones de Seguridad (en adelante SOC, por sus siglas en inglés) que tiene como principal función la detección temprana y efectiva de incidentes, habilitando las funciones de ciberseguridad para responder rápidamente a los mismos, trabajar de manera colaborativa y compartir conocimiento en forma efectiva;
  4. que dentro de los principales objetivos del SOC, se encuentra el de mejorar la capacidad operativa en la detección de incidentes de ciberseguridad, partiendo de un enfoque de 24x7 on-site, el procesamiento y análisis de grandes volúmenes de datos, así como la colaboración operativa entre el sector público, privado, academia y la sociedad civil;
  5. que la Fundación Julio Ricaldoni, en el marco de su misión institucional, apoya el desarrollo científico y tecnológico del Estado, viabilizando la participación de estudiantes, docentes, grupos académicos especializados y egresados de la Facultad de Ingeniería de la Universidad de la República, y del Centro de Ensayos de Software (CES), así como de todo otro personal idóneo o entidad técnica especializada que pueda ser requerido al efecto, en la realización de acciones tendientes al cumplimiento de los fines objeto del presente Acuerdo, así como de sus cometidos sustantivos;
  6. que atento a ello y en virtud de que la FJR y AGESIC vienen manteniendo una relación de cooperación mutua desde el año 2008, traducida en sucesivos Convenios de Cooperación, cuya ejecución ha significado un importante aporte para que la Agencia desarrolle los cometidos sustantivos que le son propios de manera eficaz y eficiente, ambas partes han entendido conveniente suscribir el presente Acuerdo Específico, a fin de continuar y profundizar las acciones de mutua cooperación;

CONSIDERANDO:

  1. que para hacer posible el cumplimiento de los objetivos del Acuerdo a suscribirse, es necesario que AGESIC transfiera a la Fundación Julio Ricaldoni la suma total de hasta $ 8.000.000 (pesos uruguayos ocho millones con 00/100), que se materializará en diferentes partidas en función de la evolución de la ejecución del acuerdo, y quedará sujeta a lo dispuesto en la Ordenanza N° 77 del Tribunal de Cuentas;
  2. que el Área Administración y Finanzas de AGESIC ha expedido la constancia de afectación de crédito N° 179 de fecha 18 de febrero de 2019, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 27 de la Ley N° 17.243 de 29 de junio de 2000;
  3. que se cuenta con la intervención de la Contadora Auditora del Tribunal de Cuentas destacada ante la Presidencia de la República, sin observaciones;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo preceptuado por el artículo 211, literal b) de la Constitución de la República y a lo dispuesto por el Artículo 33 literal C) numeral 27 del Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF), aprobado por Decreto N° 150/012 de 11 de mayo de 2012, y demás normas complementarias y concordantes aplicables;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

  1. Apruébase la suscripción del Acuerdo Específico denominado “Implementación Centro de Operaciones de Seguridad” entre la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento y la Fundación Julio Ricaldoni de la Facultad de Ingeniería de la Universidad de la República, cuyo proyecto se adjunta a la presente resolución y forma parte integrante de la misma.
  2.  Autorízase la transferencia a la Fundación Julio Ricaldoni de la Facultad de Ingeniería de la Universidad de la República de la suma total de hasta $ 8.000.000 (pesos uruguayos ocho millones con 00/100) a efectos de la ejecución del referido Acuerdo Específico, la que se realizará en diferentes partidas y quedará sujeta a lo dispuesto en la Ordenanza N° 77 del Tribunal de Cuentas, una vez suscrito el Acuerdo Específico mencionado en el numeral anterior.
  3. Las transferencias a realizarse se imputarán con cargo al Inciso 24 “Diversos Créditos”, Unidad Ejecutora 002 “Presidencia de la República”, Programa 484 “Política de Gobierno Electrónico”, Proyecto 501 “Seguridad de la Información”, Financiamiento 1.1: Rentas Generales.
  4. Autorízase al Director Ejecutivo de AGESIC a suscribir el referido Acuerdo Especifico con la Fundación Julio Ricaldoni de la Facultad de Ingeniería de la Universidad de la República, que se adjunta a la presente y a realizar las transferencias de acuerdo a la evolución de la ejecución del mismo hasta completar la suma total de $ 8.000.000 (pesos uruguayos ocho millones con 00/100).
  5. Comuniqúese, publíquese.

Dr. Tabaré Vázquez, Presidente de la República Oriental del Uruguay, periodo 2015-2020

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