Resolución N° 36/019 Se aprueba el proyecto de contrato de préstamo por celebrarse entre la República Oriental del Uruguay y el Banco Interamericano de Desarrollo.

Se aprueba el proyecto de contrato de préstamo por celebrarse entre la República Oriental del Uruguay y el Banco Interamericano de Desarrollo, cuyo texto se adjunta.

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Montevideo, 21 ENE 2019

VISTO: el proyecto de Contrato de Préstamo N° 4658/OC-UR, a celebrarse entre la República Oriental del Uruguay (ROU) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), destinado a contribuir a la financiación y ejecución del Proyecto “Uruguay Global: Promoción de Destrezas Digitales para la Internacionalización”.

RESULTANDO

  1. que el monto total del financiamiento asciende a la suma de U$S 8:000.000 (ocho millones de dólares de los Estados Unidos de América), que será amortizado en un plazo de 25 (veinticinco) años, con hasta 66 (sesenta y seis) meses de gracia y con una tasa de interés variable.
  2. que dicho préstamo fue formalmente aprobado por el Directorio Ejecutivo del BID en sesión de fecha 7 de noviembre de 2018 (Resolución DE-87/18).
  3. que, el Centro Ceibal para el Apoyo a la Educación de la Niñez y la Adolescencia (CEIBAL), será el Organismo Ejecutor del referido Proyecto.

CONSIDERANDO: que corresponde proceder a la aprobación del proyecto de Contrato de Préstamo negociado y del correspondiente Convenio de Subejecución y Transferencia de Recursos, a celebrarse, el primero, entre la República Oriental del Uruguay (ROU) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), y el segundo, entre la República Oriental del Uruguay (ROU) y el Centro Ceibal para el Apoyo a la Educación de la Niñez y la Adolescencia (CEIBAL), así como autorizar que los mismos sean suscritos, en representación del país, por el Señor Ministro de Economía y Finanzas, Cr. Danilo Astori o por el Señor Subsecretario de Economía y Finanzas, Cr. Pablo Ferreri, indistintamente.

ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 145 de la Ley N° 15.851, de 24 de diciembre de 1986, y el artículo 33 de la Ley N° 19.149, de 24 de octubre de 2013,  '

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

  1. Apruébase el proyecto de Contrato de Préstamo a celebrarse entre la República Oriental del Uruguay (ROU) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por un monto total de U$S 8:000.000 (ocho millones de dólares de los Estados Unidos de América), destinado, a contribuir a la financiación y ejecución del Proyecto “Uruguay Global: Promoción de Destrezas Digitales para la Internacionalización”, cuyo texto constituye parte integrante de la presente Resolución.
  2. Apruébase el proyecto de Convenio de Subejecución y Transferencia de Recursos del Préstamo, a celebrarse entre la República Oriental del Uruguay (ROU) y el Centro Ceibal para el Apoyo a la Educación de la Niñez y la Adolescencia (CEIBAL), cuyo texto constituye parte integrante de la presente Resolución.
  3. Los referidos contratos serán oportunamente otorgados y suscritos, en nombre y representación del país, por el Señor Ministro de Economía y Finanzas, Cr. Danilo Astori o por el Señor Subsecretario de Economía y Finanzas, Cr. Pablo Ferreri, indistintamente.
  4. Desígnanse, indistintamente, a los Dres. Ricardo Pérez Blanco, Marcos Álvarez Regó, Fernando Scelza y Gonzalo Muñiz Marton, para que expidan por la República los dictámenes jurídicos correspondientes.
  5. Dese cuenta a la Asamblea General, dentro de los 10 (diez) días siguientes a la celebración del Contrato de Préstamo referido.
  6. Publíquese y vuelvan estas actuaciones a la Unidad de Relacionamiento con Organismos Multilaterales del Ministerio de Economía y Finanzas a sus efectos. Fecho, archívese.

Dr. Tabaré Vázquez, Presidente de la República Oriental del Uruguay, periodo 2015-2020

 

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