Resolución N° 4/019 Se deja sin efecto el convenio suscripto el día 27 de marzo de 2012 entre el MVOTMA y el Banco de Previsión Social y se aprueba el nuevo convenio.
Se deja sin efecto el convenio suscripto el día 27 de marzo de 2012 entre el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y el Banco de Previsión Social homologado por una resolución del Poder Ejecutivo del 10 de julio de 2012 y se aprueba el nuevo convenio suscripto entre las instituciones anteriormente nombradas que figura como anexo a la presente.
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTÉ
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Montevideo, 2 8 ENE 2019
VISTO: el Convenio suscrito el día 27 de marzo de 2012 entre el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y el Banco de Previsión Social, referente a los padrones propiedad del Banco de Previsión Social Nos. 57.268, 57.278 y 143.845 de la Localidad Catastral Montevideo, departamento del mismo nombre, homologado por Resolución de Poder Ejecutivo de 10 de julio de 2012;
RESULTANDO:
- que en dicho Convenio se acordaron las condiciones de transferencia de la propiedad y posesión de los padrones N° 57.268, 57.278 y 143.845 de la Localidad Catastral Montevideo, Departamento del mismo nombre, al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, cuya contraprestación sería la construcción de 20 viviendas para pasivos del Banco de Previsión Social;
- que a la fecha no se ha podido efectivizar la compraventa debido a que el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, debe adquirir los inmuebles con precio integrado para poder licitar la construcción de dichas viviendas;
- que el Banco de Previsión Social, no puede otorgar carta de pago por la compra de los inmuebles hasta que dichas viviendas estén construidas y entregadas;
- que el Banco de Previsión Social, entregó la tenencia de los mencionados inmuebles libres de ocupantes al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, según Acta de Entrega de 23 de octubre de 2013;
- que el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, se está haciendo cargo de la vigilancia del predio;
CONSIDERANDO:
- que analizada la situación, no hay posibilidad de concretar esta operativa en la forma establecida en el Convenio;
- que la única solución viable a efectos de cumplir con lo estipulado sería la desafectación de los inmuebles citados y su afectación al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente;
- que el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente ofreció al Banco de Previsión Social como contraprestación, la construcción de 20 viviendas para pasivos del Banco de Previsión Social, en el padrón N° 555 de la Localidad Catastral, Departamento del mismo nombre, propiedad del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, en atención a la cercanía de los padrones propiedad del Banco de Previsión Social a las vías del ferrocarril, a efectos de no perjudicar a la población pasiva;
- que es necesario suscribir un convenio que contemple las nuevas condiciones acordadas;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE;
- Déjese sin efecto el Convenio suscrito el día 27 de marzo de 2012 entre el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y el Banco de Previsión Social, referente a los padrones propiedad del Banco de Previsión Social Nos. 57.268, 57.278 y 143.845 de la Localidad Catastral Montevideo, departamento del mismo nombre, homologado por Resolución de Poder Ejecutivo de 10 de julio de 2012.-
- Apruébase la suscripción de un nuevo Convenio entre el Banco de Previsión Social y el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, de acuerdo al proyecto que se adjunta y se considera parte integrante de la presente.- 3o.- Vuelva al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.
Dr. Tabaré Vázquez, Presidente de la República Oriental del Uruguay, periodo 2015-2020