Resolución N° 4.640/019 Se designa para ser expropiado por causa de utilidad pública a fin de ser destinada a la obra de readecuación del trazado de la vía férrea Montevideo-Paso de los Toros el tramo Montevideo-Juanicó.

Se designa para ser expropiado por causa de utilidad pública a fin de ser destinada a la obra de readecuación del trazado de la vía férrea Montevideo-Paso de los Toros el tramo Montevideo-Juanicó.

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

Montevideo, 11 ENE 2019

VISTO: estos antecedentes relacionados con la obra “Readecuación del trazado de Vía Férrea Montevideo - Paso de los Toros” en el tramo Montevideo - Juanico, cuya Planimetría fue aprobada por Resolución del Ministro de Transporte y Obras Públicas dictada en ejercicio de las atribuciones delegadas de fecha 20 de junio de 2017.

RESULTANDO:

  1. Que la Dirección Nacional de Topografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, informa que a los efectos de la normal ejecución de las obras de referencia, es necesario expropiar varias fracciones de terreno, ubicadas en la Localidad Catastral Montevideo del mismo Departamento.
  2. Que la Asesoría Legal de la citada Unidad Ejecutora, expresa que no tiene observaciones que formular a las presentes actuaciones.

CONSIDERANDO: que por lo expuesto, corresponde resolver en consecuencia.                                  

ATENTO: a lo establecido en el Art. 3o Inc. 2 y Art. 4o Numeral Io de la Ley de Expropiaciones N° 3.958 del 28 de marzo de 1912.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

  1. DESIGNANSE para ser expropiadas por causa de utilidad publica, declarándose urgente su ocupación, varias fracciones de terreno, destinadas a la obra “Readecuación del trazado de Vía Férrea Montevideo - Paso de los Toros” en el tramo Montevideo - Juanico, ubicadas en la Localidad Catastral Montevideo del mismo Departamento, cuya Planimetría fue aprobada por Resolución del Ministro de Transporte y Obras Públicas dictada en ejercicio de las atribuciones delegadas de fecha 20 de junio de 2017 y delineadas en el plano parcelario de la Ingeniera Agrimensora Gianella Torres de lecha Diciembre de 2018, cuyos padrones se detallan a continuación: Localidad Catastral Montevideo; Padrón N° 41.736; Padrón N° 41.737; Padrón N° 41.745; Padrón N° 41.952; Padrón N° 41.954; Padrón N° 41.965; Padrón N° 51.035; Padrón N° 51.058 y Padrón N° 407.156.
  2. Previamente a que el Organismo que expropia, apruebe la tasación de los bienes y disponga la prosecución de los procedimientos correspondientes, deberá efectuarse la imputación preventiva a efectos de asegurar la disponibilidad de crédito para la misma.
  3. COMUNIQUESE y vuelva a la Dirección Nacional de Topografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas a sus efectos

Dr. Tabaré Vázquez, Presidente de la República Oriental del Uruguay, periodo 2015-2020

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