Resolución N° 4.658/019 Se aprueba la ampliación del contrato de comodato celebrado entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Consejo Directivo Central de la Administración de Educación Pública con fecha 29 de octubre de 2018.
Se aprueba la ampliación del contrato de comodato celebrado entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Consejo Directivo Central de la Administración de Educación Pública con fecha 29 de octubre de 2018.
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Montevideo, 1 ENE 2019
VISTO: la Ampliación de Contrato de Comodato celebrada con fecha 29 de octubre de 2018. entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública.
RESULTANDO:
- Que según Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 21 de julio de 2008. se aprobó el Contrato de Comodato celebrado el 28 de mayo de 2008, por el cual el Ministerio de Transporte y Obras Públicas cedió a la Administración Nacional de Educación Publica - Consejo de Educación Primaria, el predio empadronado con el número 2735 de la localidad de Río Branco. 3;1 Sección Judicial del Departamento de Cerro Largo zona urbana, con una superficie de 3hás.l3 1 7m:48dm2, destinado a la construcción de una Escuela Común, Escuela Especial y Jardín de Infantes, por el plazo de 30 (treinta) años.
- Que por Resolución del Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública de fecha 21 de agosto de 2018, el referido organismo resolvió oficiar ante el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la modificación del Contrato de Comodato original, en cuanto al destino y plazo del mismo.
- Que por las presentes actuaciones las partes involucradas, acuerdan proceder a la ampliación del Contrato de Comodato Original de fecha 28 de mayo de 2008, de acuerdo al siguiente detalle: TERCERO: Destino. "La Administración Nacional de Educación Publica destinara el predio a la construcción de una Escuela Común, Escuela Especial, Jardín de Infantes y Liceo, éste último por la modalidad de contratación en Participación Público Privada dentro de los destinos del predio”; CUARTO: Plazo. “El derecho de uso será por 30 (treinta) años a partir de la fecha de suscripción del presente documento”.
CONSIDERANDO: pertinente el dictado de resolución aprobando la Ampliación de Contrato de Comodato de que se trata.
ATENTO: a lo dispuesto por los artículos 2216 y siguientes del Código Civil y cláusula Cuarto de la Ampliación de Contrato de Comodato de fecha 29 de octubre de 2018.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
- Apruébase -en todas sus partes- la Ampliación de Contrato de Comodato celebrada con fecha 29 de octubre de 2018, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, a través del cual ambas partes acuerdan la ampliación de las cláusulas Tercero y Cuarto del Contrato de Comodato Original de fecha 28 de mayo de 2008, de acuerdo al siguiente detalle: TERCERO: Destino. “La Administración Nacional de Educación Pública destinará el predio a la construcción de una Escuela Común, Escuela Especial, Jardín de Infantes y Liceo, este último por la modalidad de contratación en Participación Público Privada dentro de los destinos del predio”; CUARTO: Plazo. “El derecho de uso será por 30 (treinta) años a partir de la fecha de suscripción del presente documento”.
- Comuniqúese a la Dirección Nacional de Vialidad y tome nota el Area Servicios Juridicos (Departamento Notarial) del Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Cumplido, siga a la Dirección Nacional de Topografía de dicha Secretaria de Estado, a sus efectos.
Dr. Tabaré Vázquez, Presidente de la República Oriental del Uruguay, Periodo 2015-2020