Resolución N° 472/019 Se autoriza al inciso 07, Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a contratar bajo la modalidad de beca
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
VISTO: estos antecedentes relacionados con la contratación de tres Ayudante de Laboratorio bajo la modalidad de Beca, para desempeñar tareas en la Dirección General de Servicios Agrícolas del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca;
RESULTANDO:
- que existe disponibilidad de crédito de acuerdo al informe producido por la Contaduría General de la Nación;
- que por Resolución del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca N° 447, de 25 de abril de 2018, se autorizó el Llamado Público Abierto N° 0079/2018, para la contratación de tres (3) Ayudante de Laboratorio, para desempeñar tareas en la Unidad Ejecutora 004 “Dirección General de Servicios Agrícolas”, División Análisis y Diagnóstico, del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, en el departamento de Montevideo, bajo la modalidad de Beca;
- que se integró el tribunal correspondiente, cumpliéndose con todas las formalidades que establece la normativa vigente. Por Actas N° 4 Fallo Final del Tribunal y Fallo Final Complementaria, ambas de fecha 23 de agosto de 2018, se estableció el orden de prelación de los postulantes seleccionados y por resolución del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca N° 1451, de 26 de setiembre de 2018, se homologó dicho fallo;
- que el Departamento Desarrollo de Personal, de la División Recursos Humanos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, procedió a convocar según lista de prelación de postulantes seleccionados;
- que con fecha 26 de noviembre de 2018, las Sras. Fabiana Carolina Nalerio de Souza y Mariana Xilas Theoduloz y el Sr. Marco Joaquín Zunino Pagliai, presentaron carta de aceptación al cargo propuesto;
- que constan incorporadas declaraciones juradas de los postulantes seleccionados a contratar y proyectos de contrato de Beca;
- que se solicitó informe a la Oficina Nacional del Servicio Civil y a la Contaduría General de la Nación;
CONSIDERANDO: que habiéndose dado cumplimiento a lo dispuesto por la normativa vigente, nada obsta a las contrataciones promovidas;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, Decretos N° 54/011, de 7 de febrero de 2011 y N° 223/013, de 1o de agosto de 2013; el Art. 4 de la Ley N° 19.122 de 21 de agosto de 2013 y su Decreto reglamentario N° 144/014, de 22 de mayo de 2014;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
- Autorízase al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca” a contratar bajo la modalidad de Beca, a la Sras. Fabiana Carolina Nalerio de Souza, C.l. 4.491.284-5 y Mariana Xilas Theoduloz, C.l. 4.781.213-1 y al Sr. Marco Joaquín Zunino Pagliai, C.l. 4.986.635-0, por una remuneración de 4 BPC (cuatro bases de prestaciones y contribuciones) a valores enero 2019, equivalentes a $ 16.616,00 (pesos uruguayos dieciséis mil seiscientos dieciséis con 00/100) con una carga horaria efectiva de 30 (treinta) horas semanales, en caso de mujer embarazada o con hijos menores de 4 años a cargo, la remuneración será de 6 BPC (seis bases de prestaciones y contribuciones) a valores de enero de 2019, equivalentes a $ 24.924,00 (pesos uruguayos veinticuatro mil novecientos veinte y cuatro con 00/100) con una carga horaria efectiva de 30 (treinta) horas semanales, para desempeñarse en la Unidad Ejecutora 004 “Dirección General de Servicios Agrícolas”, Departamento de Montevideo y conforme los demás términos contractuales.
- La erogación dispuesta será imputada con cargo al Objeto del Gasto 057.000 (Becas), de la Unidad Ejecutora 001, Programa 320, Financiación 1.2, Tipo de Crédito 0 que deberá trasponerse a la Unidad Ejecutora 004, Programa 320 “Dirección General de Servicios Agrícolas” al Objeto del Gasto 057.001, Financiación 1.2, Tipo de Crédito 0.
- Facúltase al Director General de Servicios Agrícolas, del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a suscribir los contratos correspondientes, en las condiciones indicadas.
- Dispónese que en caso que los postulantes seleccionados posean otro vínculo con el Estado, deberán en forma previa a la suscripción del contrato respectivo, acreditar la aceptación de la renuncia al cargo que ocuparan. El organismo deberá tomar los recaudos correspondientes, previo el inicio del cumplimiento efectivo de funciones.
- Remítase al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a los fines correspondientes.
- Los respectivos contratos deberán inscribirse a través del módulo Organización y Funcionarios del Sistema de Gestión Humana (S.G.H.), en el Registro de Vínculos con el Estado (R.V.E.) creado por el Artículo 13, de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010.
- Comuniqúese a la Contaduría General de la Nación y a la Unidad de Comunicación y Difusión.-
Dr. Tabaré Vázquez, Presidente de la República Oriental del Uruguay, periodo 2015-2020