Resolución N° 7/019 Autorización de transferencia al Banco de Previsión Social, para atender los gastos provenientes de la ejecución del programa Asistencia a la Vejez.
Autorización de transferencia al Banco de Previsión Social, para atender los gastos provenientes de la ejecución del programa Asistencia a la Vejez.
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Montevideo, 21 ENE 2019
VISTO: el subsidio instituido por el artículo 1o de la Ley No. 18.241, de 27 de diciembre de 2007, para las personas de entre sesenta y cinco y setenta años de edad aue. careciendo de recursos para subvenir a sus necesidades vitales, integren hogares que presenten carencias críticas en sus condiciones de vida;
RESULTANDO:
- que el mencionado subsidio será servido por el Banco de Previsión Social con los fondos que a dicho efecto le transfiera el Ministerio de Desarrollo Social;
- que las erogaciones respectivas serán atendidas por Rentas Generales;
CONSIDERANDO:
- que una vez habilitados los créditos presupuéstales por el Ministerio de Economía y Finanzas correspondientes al Ejercicio 2019, se reservará para atender el citado subsidio un total de $ 293.008.256 (pesos uruguayos doscientos noventa y tres millones ocho mil doscientos cincuenta y seis);
- que el Tribunal de Cuentas de la República ha cometido la intervención del gasto, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 211 Literal B de la Constitución de la República en Sesión de fecha 19 de diciembre de 2018, (E.E. N° 2018-17-1-0007118, Ent. 5503/18);
ATENTO: a lo expuesto precedentemente por el artículo 1o de la Ley N° 18.241 de 27 de
diciembre de 2007 y artículo 211 Literal “B” de la Constitución de la República;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
- Autorízase la transferencia al Banco de Previsión Social de la suma de $ 293.008.256 (pesos uruguayos doscientos noventa y tres millones ocho mil doscientos cincuenta y seis) para atender los gastos provenientes de la ejecución del Programa “Asistencia a la Vejez”, componente del Plan de Equidad, mediante la entrega de partidas mensuales destinadas a cubrir el número de prestaciones aprobadas por el Ministerio de Desarrollo Social, durante el ejercicio 2019.
- La erogación se atenderá con cargo al Programa 401, “Red de asistencia e integración social”, Proyecto 101 “Asistencia a la Vejez”, Objeto del Gasto 579.026, Unidad Ejecutora 002 del Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”
- Comuniqúese, notifíquese, etc.
Dr. Tabaré Vázquez, Presidente de la República Oriental del Uruguay, periodo 2015-2020