Resolución N° 90/019 Se autoriza a la Dirección Financiero Contable del Ministerio de Relaciones Exteriores a disponer del pago de $ 351.386.526, a los efectos de atender los gastos emergentes de las Obras de Dragado del Canal Martín García.

Se autoriza a la Dirección Financiero Contable del Ministerio de Relaciones Exteriores a disponer del pago de $ 351.386.526,= (pesos uruguayos trescientos cincuenta y un millones trescientos ochenta y seis mil quinientos veintiséis), equivalentes a U$S 10.334.898,- (dólares estadounidenses diez millones trescientos treinta y cuatro mil ochocientos noventa y ocho), a los efectos de atender los gastos emergentes de las Obras de Dragado del Canal Martín García.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Montevideo, 25 MAR 2019

VISTO: los compromisos asumidos para el ejercicio 2019 por la Comisión Administradora del Río de la Plata, por concepto de Dragado del Canal Martín García;

RESULTANDO: que la disponibilidad presupuestal a los fines indicados para el ejercicio 2019 asciende a $ 351.386.526, (pesos uruguayos trescientos cincuenta y un millones trescientos ochenta y seis mil quinientos veintiséis);

CONSIDERANDO: que el Programa 363 “Infraestructura Fluvial y Marítima”, del Ministerio de Relaciones Exteriores, Proyecto 961 “Segunda etapa de las Obras Dragado Martín García”, financia los gastos emergentes de dicha actividad, con obligación de rendir cuenta conforme a lo establecido por el Decreto N° 173/981 de fecha 27 de marzo de 1981;

ATENTO: a lo antes expuesto y a lo dispuesto por el Texto Ordenado de la Ley de Contabilidad y Administración Financiera;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

  1. Autorizar a la Dirección Financiero Contable del Ministerio de Relaciones Exteriores a disponer del pago de $ 351.386.526, (pesos uruguayos trescientos cincuenta y un millones trescientos ochenta y seis mil quinientos veintiséis), equivalentes a U$S 10.334.898,- (dólares estadounidenses diez millones trescientos treinta y cuatro mil ochocientos noventa y ocho), a los efectos de atender los gastos emergentes de las Obras de Dragado del Canal Martín García, con la obligación de rendir cuenta documentada de acuerdo con el Decreto N° 173/981 del 27 de marzo de 1981, con cargo al Proyecto 961, Grupo 7, Subgrupo 79, Objeto del Gasto 799, Programa 363, Inciso 24 “Diversos Créditos”, Unidad Ejecutora 06 “Ministerio de Relaciones Exteriores”.
  2. Comuniqúese, etc.

Dr. Tabaré Vázquez, Presidente de la República Oriental del Uruguay, periodo 2015-2020

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