Resolución N° 99/019 Se autoriza transferencia de fondos al Banco de Previsión Social con destino a gastos de administración de soluciones habitacionales destinadas a jubilados y pensionistas de dicho organismo.

Se autoriza transferencia de fondos al Banco de Previsión Social con destino a gastos de administración de soluciones habitacionales destinadas a jubilados y pensionistas de dicho organismo.

MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Montevideo, 11 ENE 2019

VISTO: los recursos financieros a transferir al Banco de Previsión Social para gastos de administración de las soluciones habitacionales destinadas a jubilados y pensionistas durante el ejercicio 2018;

RESULTANDO:

  1. que conforme a lo dispuesto por la Ley N° 18.340, de 12 de agosto de 2008, compete, al Banco de Previsión Social, la administración de las soluciones habitacionales destinadas a jubilados y pensionistas de dicha Institución;
  2. que el artículo 6o de lea citada norma, así como su Decreto Rec^l.amen^ario dictado por el Poder Ejecutivo el 24 de agosto de 2009, establecen que los costos de administración en que incurra el Banco de Previsión Social, no podrán superar el monto de transferencias que le realice el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, con cargo a sus créditos presupuéstales a estos efectos;
  3. que el 22 de junio de 2009, el Banco de Previsión Social suscribió con el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, un Convenio por el cual se definió, entre otros asuntos, la forma y oportunidad en que este último transferirá los recursos financieros al primero citado;
  4. que de acuerdo al referido Convenio, el Banco de Previsión Social se obligó, en la oportunidad de finalizar cada ejercicio económico, a solicitar la transferencia de fondos para el ejercicio siguiente, adjuntando el presupuesto anual estimado de gastos correspondiente y previa rendición de las partidas ya efectuadas;
  5. que el Banco de Previsión Social presentó, dentro de los plazos previstos en el citado convenio, la estimación del presupuesto anual correspondiente al ejercicio 2018 por un monto de $ 577.576.706 (pesos uruguayos quinientos setenta y siete millones quinientos setenta y seis mil setecientos seis);
  6. que la Dirección Nacional de Vivienda del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, en coordinación con la Gerencia de Prestaciones Sociales del Banco de Previsión Social ajustaron el presupuesto original, según los criterios y condiciones acordadas, el cual quedó fijado en la suma de $ 577.576.706 (pesos uruguayos quinientos setenta y siete millones quinientos setenta y seis mil setecientos seis);

CONSIDERANDO: que el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, aprobó el presupuesto anual estimado para los gastos de administración de las soluciones habitacionales del Banco de Previsión Social en la suma de $ 577.576.706 (pesos uruguayos quinientos setenta y siete millones quinientos setenta y seis mil setecientos seis);

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el artículo 6o de la Ley N° 18.340, de 12 de agosto de 2008 y al artículo 5o del Decreto Reglamentario, de 24 de agosto de 2009 y al Convenio suscrito el 22 de junio de 2009, entre el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y el Banco de Previsión Social;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:

  1. Autorízase la transferencia de $ 577.576.706 (pesos uruguayos quinientos setenta y siete millones quinientos setenta y seis mil setecientos seis), al Banco de Previsión Social con destino a gastos de administración de las soluciones  habitacionales destinadas a jubilados y pensionistas de dicho organismo, en la forma y oportunidad que establece el Convenio suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y el Banco de Previsión Social, el 22 de junio de 2009.­
  2.  La erogación del gasto se efectuará con cargo al Fondo Nacional de Vivienda y Urbanización, Programa 521, Proyecto 726.­
  3.  Vuelva al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, cometiéndole la comunicación al Banco de Previsión Social y demás efectos.

Dr. Tabaré Vázquez, Presidente de la República Oriental del Uruguay, periodo 2015-2020

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