Resolución S/N/019 Individualizanse los bienes, muebles e inmuebles, del Instituto Nacional de Alimentación, cuyo dominio se transfiere de pleno derecho al inciso 15, Ministerio de Desarrollo Social UE 003.

Individualizanse los bienes, muebles e inmuebles, del Instituto Nacional de Alimentación, cuyo dominio se transfiere de pleno derecho al inciso 15, Ministerio de Desarrollo Social UE 003.

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Montevideo, 25 MAR 2019

VISTO: lo dispuesto en el artículo 514 de la Ley 19.355 de fecha 19 de diciembre de 2015 y el Decreto N° 36/016 de fecha 01 de febrero de 2016.-

RESULTANDO:

  1. que por la norma legal citada se dispuso la supresión en el Inciso 13, “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, de la Unidad Ejecutora 006, “Instituto Nacional de Alimentación” y la creación en el Inciso 15, “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, de la Unidad Ejecutora 003, “Instituto Nacional de Alimentación”
  2. que la misma norma legal dispuso la transferencia, al Inciso 15, “Ministerio de Desarrollo Social”, de los cometidos, derechos y obligaciones, bienes muebles e inmuebles afectados al uso de la Unidad Ejecutora 006, “Instituto Nacional de Alimentación”, del Inciso 13, “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”;
  3. que por el artículo 5o del referido Decreto se estableció que los bienes, créditos y recursos, así como los derechos y obligaciones de la Unidad Ejecutora suprimida, pasarán de pleno derecho al Inciso 15, “Ministerio de Desarrollo Social”, encargándose este último de gestionar, ante los registros públicos pertinentes, las modificaciones regístrales que fueren necesarias en cumplimiento de la transferencia recibida;

CONSIDERANDO:

  1. que en cumplimiento de las citadas normas, corresponde dictar un acto administrativo que determine los bienes comprendidos en la transferencia de dominio al Inciso 15, “Ministerio de Desarrollo Social”;
  2. que corresponde determinar los créditos presupuéstales asociados a la estructura de puesto de trabajo, las asignaciones presupuéstales destinadas a gastos de funcionamiento y a proyectos de inversión, así como los recursos materiales y financieros que se reasignan al “Ministerio de Desarrollo Social”;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE

  1. Individualízanse los bienes muebles e inmuebles del “Instituto Nacional de Alimentación”, cuyo dominio se transfiere de pleno derecho al Inciso 15, “Ministerio de Desarrollo Social”, Unidad Ejecutora 003, “Instituto Nacional de Alimentación”, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 541 de la Ley N° 19.355 de fecha 19 de diciembre de 2015 y el Decreto N° 36/016 de fecha 1o de febrero de 2016, los que figuran en los siguientes numerales del presente acto administrativo.    
  2. Los bienes inmuebles que se transfieren y que el Inciso 13, “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, los hubo por Decreto N° 382/004 de fecha 26 de octubre de 2004, debidamente registrados en el Registro de la Propiedad Inmueble de Montevideo, con el N° 39843 el día 10 de noviembre de 2004 son:
  3. Solar de terreno con sus construcciones y demás mejoras ubicado en la segunda Sección Judicial de Montevideo, localidad catastral de Montevideo. empadronado con el N° 2546, el que según plano del Agrimensor Carlos A. Mac Coll, del 8 de agosto de 1919, inscripto en la Dirección de Topografía el 9 de agosto de 1919, tiene una superficie de 2.222 metros, 79 decímetros y 14 centímetros, con frente al sureste en 23 metros, 95 centímetros a la calle Piedras, con N° de puerta 165. Dicho inmueble fue adquirido por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social por Decreto N° 382/04 del 26 de octubre de 2004, debidamente registrado en el Registro de la Propiedad Inmueble de Montevideo con el N° 39843 el 10 de noviembre de 2004.-
  4. Terreno con edificio y demás mejoras que le acceden, ubicado en la tercera Sección Judicial de Montevideo, zona urbana, paraje Ciudad Vieja, empadronado con el N° 2565, el que según plano del Agrimensor Hipólito Zas Recarey, de mayo de 1966, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro el 13 de Junio de 1966 con el N° 54310, tiene una superficie de 76 metros 30 decímetros, con frente al noroeste en 5 metros 10 centímetros a la calle Piedras, puertas Nos. 192 y 194. Dicho inmueble fue adquirido por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social por Decreto N° 382/04 del 26 de octubre de 2004 debidamente registrado en el Registro de la Propiedad Inmueble de Montevideo con el N° 39843 el 10 de noviembre de 2004.
  5. Los bienes muebles que se transfieren son:
  • CAMIÓN: Matrícula SOF 4212, Padrón 356811, Marca Mercedes Benz, Modelo L1314/51HL 5, año 1987, a Gas Oil, motor 34496350915260, Chasis M345000HB763864.                                                                                     .
  • CAMIÓN: Matricula SOF 2557, Padrón 361430, Marca Mercedes Benz, Modelo L1314/51HL 4, año 1988, a Gas Oil, motor 34496350936207, Chasis 9BM345000JB780911.
  • MICROBUS: Matrícula SOF 4476, Padrón 1160634, Marca Foton, Modelo VIEW, año 2010, a nafta, motor 920292, Chasis LVCB1DWA59B021102.
  • REMOLQUES: Padrones 199357, 199345 y 199343.
  • AUTOMOTOR: Matricula SOF 6843 . Padrón 902980289 . Marca Citroen, Modelo C. Elysee 1.6 16V Exclusive, año 2015, a nafta, motor 10FC1A0054172, Chasis VF7DDNFP0FJ507650.
  • AUTOMOTOR: Matrícula SOF 6844 . Padrón 902980294 . Marca Citroen, Modelo C. Elysee 1.6 16V Exclusive, año 2015, a nafta, motor 10FC1A0054557, Chasis VF7DDNFP0FJ507926.
  • ÓMNIBUS: Matrícula SOF 4134 (antes matrícula SBA 6525), Marca SCANIA, Padrón 267072, Modelo B 111, año 1977, a Gas Oil, motor 3002698, Chasis 3400175.---

4o.- Comuniqúese y expídase testimonio a los efectos de su presentación ante los Registros Públicos.

Dr. Tabaré Vázquez, Presidente de la República Oriental del Uruguay, periodo 2015-2020

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