Resolución S/N/019 Se aprueba el acuerdo específico Apoyo en la Mejora e Implementación del Modelo de Calidad de Software, entre la Agencia de Gobierno Electrónico y la Sociedad de la Información y el Conocimiento (Agesic) y la Fundación Julio Ricaldoni
Montevideo, 08 ABRIL 2019
VISTO: el Proyecto de Acuerdo Específico denominado “Apoyo en la mejora e implementación del Modelo de Calidad de Software” a suscribirse entre la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC) y la Fundación Julio Ricaldoni (FJR) de la Facultad de Ingeniería de la Universidad de la República;
RESULTANDO:
I) que el Acuerdo Específico referenciado, se enmarca en el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional firmado el 26 de agosto de 2013 entre AGESIC y la FJR, y su respectiva adenda de fecha 23 de octubre de 2014, en virtud del cual se acordó que ambas se apoyarán mutuamente para el más eficaz y eficiente cumplimiento de sus respectivas misiones y líneas estratégicas;
II) que el mencionado Convenio establece que las diversas actividades a desarrollarse se instrumentarán en Acuerdos Específicos complementarios;
III) que en el marco del “Programa de Apoyo al Desarrollo Científico y Tecnológico del Estado” de la FJR, ambas instituciones han entendido necesario suscribir un Acuerdo Específico con el fin de colaborar en la mejora e implantación del Modelo de Calidad de Software;
IV) que el referido Modelo ha sido elaborado por AGESIC como herramienta para guiar a las diferentes instituciones del Estado en la mejora de sus procesos de desarrollo y adquisición de software, con el propósito de brindar productos y servicios de calidad;
V) que el Acuerdo proyectado permitirá llevar cabo una revisión detallada del mismo para facilitar su comprensión y utilización por parte de los distintos actores involucrados, así como la adaptación de aquel en los diferentes proyectos de implantación que sean abordados por parte de AGESIC;
CONSIDERANDO:
I) que para hacer posible el cumplimiento de los objetivos del Acuerdo a suscribirse, es necesario que AGESIC transfiera a la Fundación Julio Ricaldoni la suma total de hasta $ 1.100.000 (pesos uruguayos un millón cien mil con 00/100), que se materializará mediante una transferencia de hasta $ 550.000 (pesos uruguayos quinientos cincuenta mil con 00/100) al inicio de las actividades, y el restante monto se materializará en diferentes partidas en función de la evolución de la ejecución del acuerdo, y quedará sujeta a lo dispuesto en la Ordenanza N° 77 del Tribunal de Cuentas;
II) que el Area Administración y Finanzas de AGESIC ha expedido la constancia de afectación del crédito N° 184 de fecha 19 de febrero de 2019, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 27 de la Ley N° 17.243, de 20 de octubre de 2016;
III) que se cuenta con la intervención preventiva de la Contadora Auditora del Tribunal de Cuentas destacada ante la Presidencia de la República, sin observaciones;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo preceptuado por el artículo 211, literal b) de la Constitución de la República y a lo dispuesto por el Artículo 33 literal C) numeral 27 del Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF), aprobado por Decreto N° 150/012 de 11 de mayo de 2012, y demás normas complementarias y concordantes aplicables;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA RESUELVE:
1°. Apruébase la suscripción del Acuerdo Específico denominado “Apoyo en la mejora e implementación del Modelo de Calidad de Software” entre la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento y la Fundación Julio Ricaldoni de la Facultad de Ingeniería de la Universidad de la República, cuyo proyecto se adjunta a la presente resolución y forma parte integrante de la misma.
2°. Autorízase la transferencia a la Fundación Julio Ricaldoni de la Facultad de Ingeniería de la Universidad de la República de la suma total de hasta $ 1.100.000 (pesos uruguayos un millón cien mil con 00/100) a efectos de la ejecución del referido Acuerdo Específico, la que se realizará en diferentes partidas y quedará sujeta a lo dispuesto en la Ordenanza N° 77 del Tribunal de Cuentas, una vez suscrito el Acuerdo Específico mencionado en el numeral anterior.
3°. Las transferencias a realizarse se imputarán con cargo al Inciso 24 “Diversos Créditos”, Unidad Ejecutora 002 “Presidencia de la República”, Programa 484 “Política de Gobierno Electrónico”, Proyecto 507: “Integración de la Información del Estado”, Financiamiento 1.1: “Rentas Generales”.
4°. Autorízase al Director Ejecutivo de AGESIC a suscribir el referido Acuerdo Especifico con la Fundación Julio Ricaldoni de la Facultad de Ingeniería de la Universidad de la República, que se adjunta a la presente y a realizar las transferencias de acuerdo a la evolución de la ejecución del mismo hasta completar la suma total de hasta $ 1.100.000 (pesos uruguayos un millón cien mil con 00/100).
5°. Comuniqúese, publíquese.
Dr. Tabaré Vázquez
Presidente de la República, período 2015-2020
