Resolución S/N/019 Se autoriza la contratación de Antel por parte de Agesic

Se autoriza la contratación de Antel por parte de Agesic según la propuesta comercial de fecha 14 de enero de 2019.

Montevideo, 22 de julio de 2019

VISTO: La Propuesta Comercial Corporativa presentada por la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL) de fecha 14 de enero de 2019 (Compra Directa por Excepción N° 7/2019);

RESULTANDO: I) que el objeto de la mencionada propuesta consiste en la prestación de servicios de explotación de la infraestructura y de la plataforma tecnológica, así como la administración, operación y soporte técnico de las aplicaciones para la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC);

II) que los referidos servicios se enmarcan en lo establecido en el Convenio Marco de Colaboración Institucional suscrito entre AGESIC y ANTEL el 12 de febrero de 2008, para adecuar la relación de ambas Instituciones a los cometidos asignados a AGESIC, incluyendo el marco de gestión vigente del Portal del Estado Uruguayo (PEU), el desarrollo de la Intranet del Estado y los restantes proyectos de Gobierno Electrónico que las partes asuman en el futuro;

III) que la Comisión Asesora de Adjudicaciones de la referida Agencia, analizó la Propuesta y recomendó la contratación de ANTEL, dictaminando en informe de fecha 9 de mayo de 2019;

CONSIDERANDO: I) que en la calidad de ordenador primario del gasto, procede autorizar la erogación correspondiente a dicha contratación;

II) que el Área Administración y Finanzas de AGESIC ha expedido las constancias de afectación del crédito N° 580 y 582 de 3 de mayo del corriente, e informe de disponibilidad de la misma fecha, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 27 de la Ley N° 17.243 de 29 de junio de 2000;

III) que se cuenta con la intervención preventiva del Tribunal de Cuentas de la República, sin observaciones;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo establecido en el artículo 33, literal C), numeral Io del Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF), aprobado por Decreto N° 150/012 de 11 de mayo de 2012, y demás disposiciones aplicables y normas concordantes;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Autorízase la erogación de hasta $ 444.959.200.32 (pesos uruguayos cuatrocientos cuarenta y cuatro millones novecientos cincuenta y nueve mil doscientos con 32/100) IVA incluido, para la contratación de la Administración Nacional de Telecomunicaciones para la prestación de servicios de explotación de la infraestructura y de la plataforma tecnológica, así como la administración, operación y soporte técnico de las aplicaciones de la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC), según el detalle descripto en su Propuesta Comercial de fecha 14 de enero de 2019 que luce de fs. 7 a 50, según los siguientes conceptos:

  • Servicios básicos hasta $ 251.389.413,12 (pesos uruguayos doscientos cincuenta y un millones trescientos ochenta y nueve mil cuatrocientos trece con 12/100) IVA incluido; y
  • Servicios opcionales hasta $ 193.569.787,20 (pesos uruguayos ciento noventa y tres millones quinientos sesenta y nueve mil setecientos ochenta y siete con 20/100) IVA incluido.

2°.- La correspondiente erogación se atenderá con cargo al Inciso 24 “Diversos Créditos”, Unidad Ejecutora 002 “Presidencia de la República”, Programa 421 “Sistema de Información Territorial”, Proyecto 851 “Infraestructura de Datos Espaciales” y Proyecto 509 “Infraestructura de Datos Espaciales”, y Programa 484 “Política de Gobierno Electrónico”, Proyecto 105 “Gestión de Gobierno Electrónico en el Sector Salud”, Proyecto 501 “Seguridad de la Información”, Proyecto 504 “Sociedad de la Información”, Proyecto 505 “Trámites en Línea”, Proyecto 506 “Infraestructura de Gobierno Electrónico”, Proyecto 507 “Integración de la Información del Estado”, Proyecto 508 “Gobierno Abierto”, Proyecto 880 “Gobierno Abierto”, Proyecto 881 “Trámites en Línea”, Proyecto 882 “Integración de la Información del Estado”,

Proyecto 883 “Infraestructura de Gobierno Electrónico” y Proyecto 884 “Gestión de Gobierno Electrónico en el Sector Salud”; y al Inciso 02 “Presidencia de la República”, Unidad Ejecutora 010 “Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento”, Programa 484 “Política de Gobierno Electrónico”, Proyecto 000 “Funcionamiento”, Financiamiento 1.1 “Rentas Generales”.

3°.- El pago de los servicios se efectuará a través del SIIF, conforme al marco normativo vigente sobre compras estatales, previa conformidad del área técnica de AGESIC y de acuerdo a lo preceptuado en el numeral 6 “Precios y Condiciones Comerciales” de la propuesta comercial de ANTEL.

4°.- Los precios cotizados en pesos uruguayos presentados a valores de setiembre de 2018 serán ajustados mensualmente por el índice Medio de Salarios (IMS), tomando la variación del valor del índice entre el mes anterior a la prestación del servicio y el mes anterior a la propuesta.

5°.- El plazo de la contratación será de 2 (dos) años o hasta el consumo total de los montos autorizados, lo que suceda primero. Los montos adjudicados y no consumidos por parte de AGESIC, no generarán derecho a cobro alguno por parte de ANTEL.

6°.- Comuníquese, publíquese.

 

Firmado por: Dr. Tabaré Vázquez

Presidente de la República

Periodo 2015- 2020

Descargas

Etiquetas