Resolución S/N/021 Se exceptúa de la prohibición establecida en el artículo 2.º del decreto n.° 104/020, del 24 de marzo de 2020, en la redacción dada por el artículo 1.º del decreto n.º 159/020, del 2 de junio de 2020, del decreto n.º 279/021

Se exceptúa de la prohibición establecida en el artículo 2.º del decreto n.° 104/020, del 24 de marzo de 2020, en la redacción dada por el artículo 1.º del decreto n.° 159/020, del 2 de junio de 2020, del decreto n.° 279/0211, del 26 de agosto de 2021, y del decreto n.° 297/021, del 10 setiembre 2021 a las personas cuyos datos individualizantes resultan del listado anexo.

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