Resolución S/N/021 Se exceptúan de la prohibición establecida en el artículo 2.° del decreto n.° 104/020, del 24 de marzo de 2020, en la redacción dada por el artículo 1.° del decreto n.° 159/020, del 2 de junio de 2020

Se exceptúan de la prohibición establecida en el artículo 2.° del decreto n.° 104/020, del 24 de marzo de 2020, en la redacción dada por el artículo 1.° del decreto n.° 159/020, del 2 de junio de 2020, las persona cuyos datos individualizantes resultan del listado anexo que se adjunta.

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