Resolución S/N/025 Se exceptúa del régimen general de horario único de labor que rige para las oficinas de la Administración Central al Servicio de Cantinas de las Fuerzas Armadas
Se exceptúa del régimen general de horario único de labor que rige para las oficinas de la Administración Central, dispuesto por el artículo 24 del decreto n.º 169/014, del 9 de junio de 2014, al Servicio de Cantinas de las Fuerzas Armadas.