Resolución S/N/025 Se exonera al Servicio de Comunicación Audiovisual (SECAN) del pago de las tasas respecto al trámite de registro de la marca mixta "VAMOS QUE HAY FIESTA"
Se exonera al Servicio de Comunicación Audiovisual (SECAN) del Ministerio de Educación y Cultura (MEC), del pago de las tasas previstas en el artículo 99 de la Ley n.º 17.011 de 25 de setiembre de 1998, en la redacción dada por el artículo 395 de la Ley n.º 18.719, de 27 de diciembre de 2010, y el artículo 258 de la Ley n.º 20.212, de 6 de noviembre de 2023, respecto al trámite de registro de la marca "VAMOS QUE HAY FIESTA" (denominativa), Acta n.º 571392, para las Clases Internacionales de Niza 9, 38 y 41.