Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
Administración de usuarios de trámites en línea
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados (Ley 19.355 art. 76).
Es el trámite que podrán realizar los Titulares, Representantes y Administradores de usuarios de trámites en línea, para efectuar altas y modificaciones de usuarios de trámites en línea.
Iniciar trámite en línea
Requisitos
- Ser titular en el trámite de Registro de Personas y Empresas de URSEC o haber sido declarado como Representante o Administrador de Usuarios de trámites en línea en el mismo.
Otros datos de interés
Cláusula de responsabilidad:
- La empresa declara conocer que la habilitación de usuarios que realice el administrador de usuarios de trámites en línea tendrán para el caso y ante URSEC los efectos del Mandato, en los términos establecidos por los artículos 2051 a 2101 del Código Civil, normas modificativas y concordantes, en lo que resulte pertinente.