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Última actualización: 20/08/2024
Ministerio de Transporte y Obras Públicas - Dirección Nacional de Vialidad

Bonificación de peajes

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es el trámite que se realiza para solicitar el beneficio de bonificación, total o parcial, del pago de la tarifa de peaje (por primera vez, renovación, cambio de matrícula, cambio de vehículo, agregado de vehículo, baja de vehículo o agregado de documentos). 

Las causales previstas en la normativa son: domicilio permanente, trabajo dependiente o independiente dentro de las zonas de bonificación, empresas de transporte profesional o propio de carga, empresas de transporte colectivo de pasajeros de servicios turísticos, empresas de transporte colectivo de pasajeros de servicios regulares o empresas de transporte de pasajeros concesionaria de líneas con terminales ubicadas en zonas de bonificación.

El período de vigencia de la bonificación se otorgará en función de la documentación presentada, con un máximo de 3 (tres) años.

Importante: La documentación requerida depende de si es persona física o jurídica y si se tramita la misma por: primera vez; renovación de la causal por la cual se solicita la bonificación; o si se trata de una modificación de un trámite vigente.

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