Consultas ante la SENACLAFT
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Las personas físicas y/o jurídicas y/o las agremiaciones que los nucleen podrán efectuar consultas ante la SENACLAFT sobre los siguientes temas:
- Cannabis/Cañamo
- Cursos (en línea)
- Guías y Manuales
- Listas de búsquedas
- Participación Público Privada
- Registro de Sujetos Obligados
Asimismo, podrán realizar consultas acerca de la aplicación del derecho e interpretación de la normativa vigente y aplicable. En dicho caso se deberán tener presente los requisitos específicos que se establecen para este tipo de consultas
Requisitos
- Nombre y Cédula de Identidad ó Razón Social y RUT de quien realiza la consulta.
- Teléfono y mail de contacto.
- Sujeto Obligado que la realiza (art 13. Ley 19.574 de diciembre 2017)
Solo para consultas acerca de normativa aplicable:
- Se debe tratar de un hecho real y concreto, en el ámbito de su competencia o de sus asociados.
- Se deberá exponer con claridad y precisión todos los elementos constitutivos de la situación que motiva la consulta.
- Debe adelantar opinión fundada al respecto, citando la normativa aplicable.
Se procederá al archivo de aquellas consultas que no cumplan con los requisitos anteriores.
Otros datos de interés
La presentación de la consulta no suspende el transcurso de los plazos, ni justifica el incumplimiento de las obligaciones a cargo del consultante. El plazo para la contestación se estima en 30 días hábiles sin perjuicio de prolongarlo dependiendo, de la complejidad de la misma, hecho que será comunicado al consultante.
La respuesta a la consulta planteada es solamente una Guía de actuación de la Secretaría, para facilitar el cumplimiento de la normativa, y se realizará en función de los elementos de hecho aportados por el consultante; será aplicable al caso concreto y bajo ninguna circunstancia tendrá efecto vinculante de ningún tipo, siendo simplemente una respuesta técnica a una situación de hecho planteada.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
En persona
- Se debe presentar la consulta en sobre cerrado.
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresar al botón "Iniciar trámite en línea".
- Acceder con su usuario o medio de identificación electrónica.
- Completar los datos solicitados.
En persona
- Presentando la documentación solicitada en forma presencial.
¿Dónde y cuándo se realiza?
- Dirección: Convención N° 1366 Piso 4, Montevideo.
- Horario: 10:00 a 16:00 horas.
- Teléfono 150 int. 2386.
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