Habilitación o renovación de Centros de Formación y Capacitación DI.GE.F.E.
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23El presente trámite permite a las personas jurídicas solicitar la habilitación o renovación ante la Dirección General de Fiscalización de Empresas para operar como centros de formación y capacitación en seguridad privada.
Requisitos
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
- Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
- Identidad Digital – Abitab.
- TuID – Antel.
Registro de Empresas y Representantes ante el Ministerio del Interior.
- El usuario solicitante deberá ser REPRESENTANTE REGISTRADO por la empresa a través del trámite Registro de empresas y representantes ante el Ministerio del Interior.
Empresa constituida
- RUT.
- Razón social.
- Nombre fantasía de la empresa.
Domicilio Electrónico.
En este acto se constituye domicilio electrónico, autorizando a ser citado, intimado a comparecer, recibir información, vistas y notificaciones a través de dicho medio; declarando estar instruido de los alcances del Decreto 276/013 y Decreto 500/991.
Aportar datos.
- Integrantes y/o apoderados.
- Responsable del centro.
- Responsable académico.
- Capacitadores.
- Centro de formación.
Certificado de Antecedentes Judiciales.
Acreditar buena conducta mediante solicitud del certificado de antecedentes judiciales expedido por la autoridad competente de él o los:
- Integrantes y/o apoderados.
- Responsable del centro.
- Responsable académico.
- Capacitadores.
Certificación de medidas de protección contra incendios - Habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos.
Constancia de habilitación ante la Dirección Nacional de Bomberos.
- Número de expediente (ej. 2023/4/24/A/68/001) si el trámite fue ingresado luego del 01/12/2023 o (ej. DNB/Departamento/52/1234/año) si el trámite fue ingresado con anterioridad a la fecha mencionada.
Habilitación del Gobierno Departamental.
- Resolución o constancia de Habilitación Municipal.
Seguro Vigente.
- Póliza de seguro para las coberturas de accidentes derivados de la actividad.
Certificado de Habilitación.
- El o los capacitadores y/o técnicos en formación de seguridad deberán contar con la habilitación correspondiente a través del trámite "Habilitación o renovación de capacitadores de seguridad privada ante la DI.GE.F.E."
Memoria Descriptiva.
- Memoria descriptiva, firmada y actualizada (con una antigüedad no mayor a 30 días). La misma deberá detallar marca, modelo y ubicación de los elementos instalados, incluir fotografías del recinto, y cumplir con los requisitos establecidos en el Artículo 71 del Decreto N.º 35/022.
Otros datos de interés
La habilitación se otorga a una ubicación específica, por lo que, de contar con sucursales, deberá habilitarlas en forma independiente.
De trasladarse el centro a otra ubicación, deberá solicitar la habilitación correspondiente.
De surgir modificaciones edilicias, en la plantilla de capacitadores o instructores o cualquier otra posterior a la habilitación o renovación otorgada, deberá comunicarlas en los plazos dispuestos.
Otros datos de interés
- La presente solicitud no acredita habilitación del Centro.
- La solicitud culmina con la revisión de datos, documentación, etapas internas y notificación del acto administrativo correspondiente.
- De surgir observaciones, se devolverá el trámite, contando con 10 (diez) días hábiles para levantar las mismas.
- Habilitación: Vigencia de 3 años desde la fecha del acto administrativo que resuelva su habilitación o renovación.
- Renovación: El plazo podrá ser prorrogado por igual período de tiempo; vencido el plazo de la habilitación, si no se hubiere iniciado el trámite de renovación, pasará automáticamente a encontrarse en estado de inhabilitación.
Costos
- Habilitación: 12.000 UI (Unidades indexadas).
- Renovación: 6.000 UI (Unidades indexadas).
Si el trámite no se paga en el plazo establecido, el mismo no se iniciará y deberá realizarlo nuevamente.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
- Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
- Identidad Digital – Abitab.
- TuID – Antel.
- El usuario solicitante deberá ser REPRESENTANTE REGISTRADO por la empresa a través del trámite Registro de empresas y representantes ante el Ministerio del Interior.
Aportar datos.
- Requeridos en los formularios del trámite.
Contar con la documentación solicitada en los formatos permitidos.
- Los formatos permitidos son en .pdf o .jpg según corresponda.
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresando al botón "Iniciar en Línea".
- Acceder con su usuario o identificación electrónica.
- Completar el formulario y adjuntar la documentación requerida.
- Abonar las tasas correspondientes.
- De surgir observaciones, se le notificará al correo electrónico. Articulo 27, Decreto 35/022 (Subsanación de defectos).
- Una vez finalizada la solicitud, será notificado al correo electrónico.
¿Dónde y cuándo se realiza?
Dirección General de Fiscalización de Empresas (DI.GE.F.E.)
- Horario de atención al público: De lunes a viernes de 10:00 a 16:00 horas.
- Dirección: Carlos Quijano 1316, piso 1 – Montevideo.
- Teléfono de contacto: 2030 1600.
Enlaces relacionados
- Dirección General de Fiscalización de Empresas
- Aprobación del Reglamento de los Centros de Formación y Capacitación del personal que cumple tareas dentro del ámbito de la Seguridad Privada
- Modificación al Reglamento de los Centros de Formación y Capacitación del personal que cumple tareas dentro del ámbito de la Seguridad Privada
- Ley N° 19.721 - Regulación del trabajo en la Seguridad Privada
- Decreto N° 35/022 - Reglamentación de la Ley N° 19.721