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Última actualización: 18/09/2025
Ministerio del Interior - Dirección General de Fiscalización de Empresas

Habilitación o renovación de polígonos policiales y civiles de tiro DI.GE.F.E.

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Es la autorización otorgada por Resolución Ministerial de habilitación o renovación de polígonos civiles de tiro destinados a capacitación de personal de seguridad privada, civiles y actividades teórico-prácticas.

 

Requisitos

  • Registro de Empresas y Representantes ante el Ministerio del Interior.

  • Póliza de seguro vigente.

    • Póliza de seguro para las coberturas de accidentes derivados de la actividad de tiro o por armas de fuego.
  • Certificado de Antecedentes Judiciales.

    • Acreditar buena conducta mediante solicitud del certificado de antecedentes judiciales expedido por la autoridad competente de él o los:
      • Integrantes y/o apoderados.
      • Responsable del polígono.
      • Capacitadores o instructores.
  • Título de Propiedad.

    • Testimonio notarial del título de propiedad, del contrato de arrendamiento o comodato del local donde funcionará el polígono.
  • Memoria Descriptiva.

    • Memoria y planos de las instalaciones, firmados por arquitecto o ingeniero civil de acuerdo al tipo de polígono y características que le correspondan.
    • De poseer armamento: Memoria descriptiva de armero y sistema de seguridad del mismo, dispuesto en el Decreto 35/022, Artículo 33.
  • Plano de Ubicación.

    • Plano de ubicación de las instalaciones a escala 1:1000, planos de albañilería a escala 1:100, 2 cortes mínimo (uno longitudinal y otro transversal), detalle de parabalas a escala 1:10, todos firmados por arquitecto o ingeniero civil.
  • Presentación de Contrato.

    • Contrato con entidad de emergencia médica móvil.
  • Titulo de Habilitación para Adquisición y Tenencia de Armas (THATA)

    • THATA del responsable del armamento.
  • Solicitud de Inventario

    • De poseer armamento del polígono.
      • Inventario de armas con copia de las Guías o Listado emitido por el Servicio de Material y Armamento.
  • Empresa constituida

    • RUT.
    • Razón social.
    • Nombre fantasía de la empresa.
  • Domicilio Electrónico.

    • En este acto se constituye domicilio electrónico, autorizando a ser citado, intimado a comparecer, recibir información, vistas y notificaciones a través de dicho medio; declarando estar instruido de los alcances del Decreto 276/013  y Decreto 500/991.
  • Habilitación del Gobierno Departamental.

    • Resolución o constancia de Habilitación Municipal.
  • Certificación de medidas de protección contra incendios - Habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos.

    • Constancia de habilitación ante la Dirección Nacional de Bomberos.
      • Número de expediente (ej. 2023/4/24/A/68/001) si el trámite fue ingresado luego del 01/12/2023 o (ej. DNB/Departamento/52/1234/año) si el trámite fue ingresado con anterioridad a la fecha mencionada.
  • Habilitación de empresas DIGEFE.

    • De poseer sistemas de seguridad (sistema de alarma, cámaras), deberá ser a través de una empresa debidamente habilitada ante esta Dirección (DIGEFE).
  • Certificado de Habilitación.

Otros datos de interés

LOS POLÍGONOS DEBERÁN DE CUMPLIR CON LOS REQUISITOS DISPUESTOS EN EL DECRETO 267/004

DISPOSICIONES GENERALES

  • El espacio deberá de encontrarse despejado y libre de la presencia de animales o otros objetos.
  • Contar con alarma sonora, sirena o timbre como señal de “ALTO EL FUEGO”.
  • Contar con advertencias e instrucciones respecto a la manipulación de armas.
  • Contar con el reglamento interno y/o información básica de fácil acceso o visible para los tiradores.
  • Contar con señales de advertencia de utilizar medidas de protección ocular y auditiva.
  • De poseer armamento deberá cumplir lo dispuesto en el Decreto 35/022 Art. 33 (De los recintos de armas de fuego).

POLÍGONO DE TIRO ABIERTO

  • Parabala construido de hormigón, ladrillos u otro material resistente.
  • Campos de tiro, arado o removido perpendicular a la línea de tiro, libre de objetos a nivel del suelo que puedan provocar rebotes o desviaciones en el tiro.
  • GLACIS: son promontorios de tierra que protegen los fosos de marcadores evitando rebotes.
  • ESPALDÓN O PARÁBALAS FINAL: tendrá como mínimo 50 cm en su parte superior.
  • Galería de tiro, paredones laterales y aleros que impidan el rebotes de los proyectiles.
  • Tabiques: paredes o mamparas divisorias que resistían el impacto de proyectiles y eviten rebotes de disparos accidentales de los calibres que estén permitidos usar en el polígono.
  • Protección de los sistemas eléctricos.

POLÍGONO DE TIRO PARA ARMAS CORTAS CERRADO Y/O SUBTERRÁNEO

  • Hall de entrada.
  • Accesos del hall al local de tiro.
  • Salida de emergencia.
  • Local de tiro:
  • Circulación: debe medir todo el ancho del local y como mínimo 2 metros libres de todo obstáculo a espaldas del tirador, debiendo incrementarse 0,10 metros por cada línea de tiro, cuando excedan las 6 y hasta llegar a los 3 metros.
  • Puestos de control: desde el mismo se debe poder controlar por visión directa y/o a través de monitores, a la totalidad de los tiradores y el   funcionamiento de todo el local de tiro.
  • Líneas de tiro: corresponden a cada puesto de tiro en forma perpendicular a los mismos. Los blancos y sus soportes no deben producir rebotes peligrosos y en lo posible ser transportados por sistemas mecánicos.
  • Parabalas aéreos: deben evitar los rebotes en ángulos cerrados con el cielorraso.
  • Parabalas o espaldón final: deberán contener y retener los proyectiles para que a través de rebotes. controlados se produzca su   acumulación en un único lugar a fin de facilitar su recolección.
  • Las tres configuraciones básicas de parabalas final consideradas seguras son:
    • A) Placa de acero a 45° con foso de arena o agua.
    • B) Placa de 45° en reversa con atrapa plomo seco.
    • C) Atrapa balas tipo "veneciana".

ASPECTO CONSTRUCTIVO MATERIALES

  • Ventilación (extracción de gases o aire fuera de la línea de fuego).
  • No existe cañerías de gas dentro del polígono.
  • Sistema contra incendio- agua.
  • Detectores de gases(1cada 60 m²) detectores térmicos (1 cada 30 m²).
  • Acondicionamiento acústico.
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Costos

Si el trámite no se paga en el plazo establecido, no se iniciará y debe realizarlo nuevamente.

 

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