Habilitación o renovación de polígonos policiales y civiles de tiro DI.GE.F.E.
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es la autorización otorgada por Resolución Ministerial de Habilitación o renovación a los polígonos de tiro policiales y civiles, para poder desarrollar su actividad.
Requisitos
Debe haber realizado el Registro de Empresas y Representantes ante el Ministerio del Interior.
Datos requerido por el Trámite:
- Datos de los Integrantes y/o Apoderados.
- Datos del responsable del Polígono.
- Datos del Polígono.
- Código de Habilitación de Bomberos.
- Datos de los Capacitadores o Instructores (Docentes).
- Datos del arquitecto o ingeniero civil.
- Datos del Seguro de accidentes.
- Datos de la Emergencia Móvil.
- Otros.
Documentación requerida:
- Resolución de la Habilitación de la Intendencia Municipal correspondiente.
- Documentación de formación de los Capacitadores o Instructores (Currículum – diplomas - CI de frente y dorso).
- Certificado de Antecedentes Judiciales de los Titulares del Centro, Capacitadores o instructores y Responsable del Centro.
- Título de propiedad o contrato de arrendamiento.
- Memoria descriptiva y constructiva firmada por Arquitecto y responsable debiendo de cumplir con lo dispuesto en la Reglamentación Decreto 267/004.
- Plano de ubicación de las instalaciones escala, planos de albañilería, 2 cortes mínimo (uno longitudinal y otro transversal), detalle de parabalas, firmados por arquitecto o ingeniero civil.
- Seguro de Responsabilidad Civil.
- Contrato vigente con entidad de emergencia médica móvil.
- Inventario de Armas con copia de las Guías.
- THATA vigente del Responsable del Polígono.
- Memoria descriptiva de armero y sistema de seguridad del mismo debido de cumplir con lo dispuesto en el Decreto 35/022 Articulo 33.
Otros datos de interés
LOS POLÍGONOS DEBERÁN DE CUMPLIR CON LOS REQUISITOS DISPUESTOS EN EL DECRETO 267/004
DISPOSICIONES GENERALES
- El espacio deberá de encontrarse despejado y libre de la presencia de animales o otros objetos.
- Contar con alarma sonora, sirena o timbre como señal de “ALTO EL FUEGO”.
- Contar con advertencias e instrucciones respecto a la manipulación de armas.
- Contar con el reglamento interno y/o información básica de fácil acceso o visible para los tiradores.
- Contar con señales de advertencia de utilizar medidas de protección ocular y auditiva.
- De poseer armamento deberá cumplir lo dispuesto en el Decreto 35/022 Art. 33 (De los recintos de armas de fuego).
POLÍGONO DE TIRO ABIERTO
- Parabala construido de hormigón, ladrillos u otro material resistente.
- Campos de tiro, arado o removido perpendicular a la línea de tiro, libre de objetos a nivel del suelo que puedan provocar rebotes o desviaciones en el tiro.
- GLACIS: son promontorios de tierra que protegen los fosos de marcadores evitando rebotes.
- ESPALDÓN O PARÁBALAS FINAL: tendrá como mínimo 50 cm en su parte superior.
- Galería de tiro, paredones laterales y aleros que impidan el rebotes de los proyectiles.
- Tabiques: paredes o mamparas divisorias que resistían el impacto de proyectiles y eviten rebotes de disparos accidentales de los calibres que estén permitidos usar en el polígono.
- Protección de los sistemas eléctricos.
POLÍGONO DE TIRO PARA ARMAS CORTAS CERRADO Y/O SUBTERRÁNEO
- Hall de entrada.
- Accesos del hall al local de tiro.
- Salida de emergencia.
- Local de tiro:
- Circulación: debe medir todo el ancho del local y como mínimo 2 metros libres de todo obstáculo a espaldas del tirador, debiendo incrementarse 0,10 metros por cada línea de tiro, cuando excedan las 6 y hasta llegar a los 3 metros.
- Puestos de control: desde el mismo se debe poder controlar por visión directa y/o a través de monitores, a la totalidad de los tiradores y el funcionamiento de todo el local de tiro.
- Líneas de tiro: corresponden a cada puesto de tiro en forma perpendicular a los mismos. Los blancos y sus soportes no deben producir rebotes peligrosos y en lo posible ser transportados por sistemas mecánicos.
- Parabalas aéreos: deben evitar los rebotes en ángulos cerrados con el cielorraso.
- Parabalas o espaldón final: deberán contener y retener los proyectiles para que a través de rebotes. controlados se produzca su acumulación en un único lugar a fin de facilitar su recolección.
- Las tres configuraciones básicas de parabalas final consideradas seguras son:
- A) Placa de acero a 45° con foso de arena o agua.
- B) Placa de 45° en reversa con atrapa plomo seco.
- C) Atrapa balas tipo "veneciana".
ASPECTO CONSTRUCTIVO MATERIALES
- Ventilación (extracción de gases o aire fuera de la línea de fuego).
- No existe cañerías de gas dentro del polígono.
- Sistema contra incendio- agua.
- Detectores de gases(1cada 60 m²) detectores térmicos (1 cada 30 m²).
- Acondicionamiento acústico .
Costos
- Habilitación: 12.000 UI (Unidades indexadas).
- Renovación: 6.000 UI (Unidades indexadas).
Si el trámite no se paga en el plazo establecido no se iniciará y debe realizarlo nuevamente.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
En persona
- Agendarse previamente en la pagina web: AGENDA WEB- DIGEFE
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresando al botón "Iniciar trámite en línea".
- Acceder con su usuario o identificación electrónica.
- Se ingresan los datos y archivos solicitados en el formulario web.
- Una vez finalizada la solicitud será notificado al correo electrónico.
En persona
- Presentarse en la oficina indicada en el día y hora agendado con la documentación solicitada y con la documentación digitalizada en formato PDF .
- Acreditar mediante Certificado Notarial ser titular, representante o apoderado de la Empresa.
¿Dónde y cuándo se realiza?
Dirección General de Fiscalización de Empresas (DI.GE.F.E.)
- Horario de atención al público: de lunes a viernes de 10:00 a 17:00 horas.
- Dirección: Carlos Quijano 1316, piso 1 - Montevideo.
- Teléfono de contacto: 2030 1600.
Enlaces relacionados
- Dirección General de Fiscalización de Empresas.
- Ley N° 19.721 - Regulación del trabajo en la Seguridad Privada
- Decreto N° 35/022 - Reglamentación de la Ley N° 19.721
- Decreto N° 267/004 Reglamento para Polígonos de Tiro Policiales y Civiles
- Derogación de Normas relativas a la prestación de servicios de Seguridad Privada y al Funcionamiento de Polígonos de Tiro Policiales y Civiles
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