Habilitación o renovación de polígonos policiales y civiles de tiro DI.GE.F.E.
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es la autorización otorgada por Resolución Ministerial de habilitación o renovación de polígonos civiles de tiro destinados a capacitación de personal de seguridad privada, civiles y actividades teórico-prácticas.
Requisitos
Registro de Empresas y Representantes ante el Ministerio del Interior.
- El usuario solicitante deberá ser REPRESENTANTE REGISTRADO por la empresa a través del trámite Registro de empresas y representantes ante el Ministerio del Interior.
Póliza de seguro vigente.
- Póliza de seguro para las coberturas de accidentes derivados de la actividad de tiro o por armas de fuego.
Certificado de Antecedentes Judiciales.
- Acreditar buena conducta mediante solicitud del certificado de antecedentes judiciales expedido por la autoridad competente de él o los:
- Integrantes y/o apoderados.
- Responsable del polígono.
- Capacitadores o instructores.
- Acreditar buena conducta mediante solicitud del certificado de antecedentes judiciales expedido por la autoridad competente de él o los:
Título de Propiedad.
- Testimonio notarial del título de propiedad, del contrato de arrendamiento o comodato del local donde funcionará el polígono.
Memoria Descriptiva.
- Memoria y planos de las instalaciones, firmados por arquitecto o ingeniero civil de acuerdo al tipo de polígono y características que le correspondan.
- De poseer armamento: Memoria descriptiva de armero y sistema de seguridad del mismo, dispuesto en el Decreto 35/022, Artículo 33.
Plano de Ubicación.
- Plano de ubicación de las instalaciones a escala 1:1000, planos de albañilería a escala 1:100, 2 cortes mínimo (uno longitudinal y otro transversal), detalle de parabalas a escala 1:10, todos firmados por arquitecto o ingeniero civil.
Presentación de Contrato.
- Contrato con entidad de emergencia médica móvil.
Titulo de Habilitación para Adquisición y Tenencia de Armas (THATA)
- THATA del responsable del armamento.
Solicitud de Inventario
- De poseer armamento del polígono.
- Inventario de armas con copia de las Guías o Listado emitido por el Servicio de Material y Armamento.
- De poseer armamento del polígono.
Empresa constituida
- RUT.
- Razón social.
- Nombre fantasía de la empresa.
Domicilio Electrónico.
- En este acto se constituye domicilio electrónico, autorizando a ser citado, intimado a comparecer, recibir información, vistas y notificaciones a través de dicho medio; declarando estar instruido de los alcances del Decreto 276/013 y Decreto 500/991.
Habilitación del Gobierno Departamental.
- Resolución o constancia de Habilitación Municipal.
Certificación de medidas de protección contra incendios - Habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos.
- Constancia de habilitación ante la Dirección Nacional de Bomberos.
- Número de expediente (ej. 2023/4/24/A/68/001) si el trámite fue ingresado luego del 01/12/2023 o (ej. DNB/Departamento/52/1234/año) si el trámite fue ingresado con anterioridad a la fecha mencionada.
- Constancia de habilitación ante la Dirección Nacional de Bomberos.
Habilitación de empresas DIGEFE.
- De poseer sistemas de seguridad (sistema de alarma, cámaras), deberá ser a través de una empresa debidamente habilitada ante esta Dirección (DIGEFE).
Certificado de Habilitación.
- El o los capacitadores y/o técnicos en formación de seguridad deberán contar con la habilitación correspondiente a través del trámite "Habilitación o renovación de capacitadores de seguridad privada ante la DI.GE.F.E."
Otros datos de interés
LOS POLÍGONOS DEBERÁN DE CUMPLIR CON LOS REQUISITOS DISPUESTOS EN EL DECRETO 267/004
DISPOSICIONES GENERALES
- El espacio deberá de encontrarse despejado y libre de la presencia de animales o otros objetos.
- Contar con alarma sonora, sirena o timbre como señal de “ALTO EL FUEGO”.
- Contar con advertencias e instrucciones respecto a la manipulación de armas.
- Contar con el reglamento interno y/o información básica de fácil acceso o visible para los tiradores.
- Contar con señales de advertencia de utilizar medidas de protección ocular y auditiva.
- De poseer armamento deberá cumplir lo dispuesto en el Decreto 35/022 Art. 33 (De los recintos de armas de fuego).
POLÍGONO DE TIRO ABIERTO
- Parabala construido de hormigón, ladrillos u otro material resistente.
- Campos de tiro, arado o removido perpendicular a la línea de tiro, libre de objetos a nivel del suelo que puedan provocar rebotes o desviaciones en el tiro.
- GLACIS: son promontorios de tierra que protegen los fosos de marcadores evitando rebotes.
- ESPALDÓN O PARÁBALAS FINAL: tendrá como mínimo 50 cm en su parte superior.
- Galería de tiro, paredones laterales y aleros que impidan el rebotes de los proyectiles.
- Tabiques: paredes o mamparas divisorias que resistían el impacto de proyectiles y eviten rebotes de disparos accidentales de los calibres que estén permitidos usar en el polígono.
- Protección de los sistemas eléctricos.
POLÍGONO DE TIRO PARA ARMAS CORTAS CERRADO Y/O SUBTERRÁNEO
- Hall de entrada.
- Accesos del hall al local de tiro.
- Salida de emergencia.
- Local de tiro:
- Circulación: debe medir todo el ancho del local y como mínimo 2 metros libres de todo obstáculo a espaldas del tirador, debiendo incrementarse 0,10 metros por cada línea de tiro, cuando excedan las 6 y hasta llegar a los 3 metros.
- Puestos de control: desde el mismo se debe poder controlar por visión directa y/o a través de monitores, a la totalidad de los tiradores y el funcionamiento de todo el local de tiro.
- Líneas de tiro: corresponden a cada puesto de tiro en forma perpendicular a los mismos. Los blancos y sus soportes no deben producir rebotes peligrosos y en lo posible ser transportados por sistemas mecánicos.
- Parabalas aéreos: deben evitar los rebotes en ángulos cerrados con el cielorraso.
- Parabalas o espaldón final: deberán contener y retener los proyectiles para que a través de rebotes. controlados se produzca su acumulación en un único lugar a fin de facilitar su recolección.
- Las tres configuraciones básicas de parabalas final consideradas seguras son:
- A) Placa de acero a 45° con foso de arena o agua.
- B) Placa de 45° en reversa con atrapa plomo seco.
- C) Atrapa balas tipo "veneciana".
ASPECTO CONSTRUCTIVO MATERIALES
- Ventilación (extracción de gases o aire fuera de la línea de fuego).
- No existe cañerías de gas dentro del polígono.
- Sistema contra incendio- agua.
- Detectores de gases(1cada 60 m²) detectores térmicos (1 cada 30 m²).
- Acondicionamiento acústico.
Costos
- Habilitación: 12.000 UI (Unidades indexadas).
- Renovación: 6.000 UI (Unidades indexadas).
Si el trámite no se paga en el plazo establecido, no se iniciará y debe realizarlo nuevamente.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
- Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
- Identidad Digital – Abitab.
- TuID – Antel.
Aportar datos.
- Requeridos en los formularios del trámite.
Contar con la documentación solicitada en los formatos permitidos.
- Los formatos permitidos son en pdf. o jpg. según corresponda.
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresar los datos requeridos.
- Aportar documentación requerida.
- Abonar las tasas correspondientes.
- De surgir observaciones, se le notificará al correo electrónico declarado y se devolverá el trámite, ARTÍCULO 27 DECRETO 035/022, (SUBSANACIÓN DE DEFECTOS). SI LA SOLICITUD INICIAL, O LAS QUE INICIEN LAS FASES SUCESIVAS CUANDO EL PROCEDIMIENTO CONSTE DE DOS O MÁS FASES, FUERAN DEFECTUOSAS O INCOMPLETAS, SE REQUERIRÁ AL SOLICITANTE MEDIANTE LOS SERVICIOS EN LÍNEA QUE SUBSANE LA FALTA Y/O ACOMPAÑE LOS DOCUMENTOS PRECEPTIVOS, CON APERCIBIMIENTO DE QUE, EN CASO CONTRARIO Y UNA VEZ TRANSCURRIDOS 10 (DIEZ) DÍAS HÁBILES, SIN CUMPLIR EL REQUERIMIENTO, SE LE TENDRÁ POR DESISTIDO Y SE ARCHIVARÁ EL EXPEDIENTE.
¿Dónde y cuándo se realiza?
Dirección General de Fiscalización de Empresas (DI.GE.F.E.)
- Horario de atención al público: de lunes a viernes de 10:00 a 17:00 horas.
- Dirección: Carlos Quijano 1316, piso 1 - Montevideo.
- Teléfono de contacto: 2030 1600.
Enlaces relacionados
- Dirección General de Fiscalización de Empresas.
- Ley N° 19.721 - Regulación del trabajo en la Seguridad Privada
- Decreto N° 35/022 - Reglamentación de la Ley N° 19.721
- Decreto N° 267/004 Reglamento para Polígonos de Tiro Policiales y Civiles
- Derogación de Normas relativas a la prestación de servicios de Seguridad Privada y al Funcionamiento de Polígonos de Tiro Policiales y Civiles