Ministerio de Defensa Nacional - Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas
Pensión - persona viuda con discapacidad para todo trabajo- de integrantes de las FFAA
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el derecho que adquieren determinados causahabientes de los integrantes de las Fuerzas Armadas con un fin de previsión social por el cual se otorga una asignación mensual.
De acuerdo a la norma en vigencia, Ley Nº 20.130 del haber de retiro que percibía o hubiera tenido derecho a percibir el causante.
Requisitos
- Partida de defunción de la causante (original).
- Partida de matrimonio de la causante con solicitante (original expedida con posterioridad al fallecimiento).
- Partida de nacimiento de los hijos (basta una sola) en caso de matrimonio menor a 2 años.
- Cédula de identidad de la causante (original y fotocopia).
- Cédula de Identidad del solicitante (origina y fotocopia).
- Debe ser representado por curador en caso de incapacidad.
- Declaración jurada de ingresos Versión 08/2023.
- Formulario Nº 101 (versión 2.0) de Relevamiento de datos personales.
- Documentación que respalde los ingresos personales percibidos por el solicitante. En caso de que el solicitante supere el tope de ingresos nominales mensuales de $ 64.000,00, deberá de adjuntar los últimos 12 recibos, incluyéndose además los recibos de aguinaldo y salario vacacional. Dichos recibos no serán necesarios en caso de que perciba sus ingresos únicamente a través del SRP.FF.AA.
- En caso de tener cuenta bancaria, certificado de elección bancaria y adhesión al convenio Nº 675 si se trata de cuenta BROU.
Otros datos de interés
- No tiene plazo de caducidad.
Costos
No tiene costo
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
En persona
¿Cómo se hace?
En persona
- Titular o apoderado presentarse con la documentación y solicitar trámite.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas (SRPFFAA).
- Departamento de Atención al Usuario, Hall Principal.
- Dirección: Uruguay 885.
- Teléfonos: 29030257 / 60 internos, 1016; 1017. Celular 091604697.
- Horario de atención: lunes a viernes de 08:00 a 13:00 horas.
- Obligatoriedad de mantener la atención presencial (Decreto Nº 231/017).
En el interior:
- En todas las Asociaciones de retirados y Unidades Militares.
Enlaces relacionados