Registro y declaración jurada de empresas de envases
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23El Registro y declaración jurada de empresas de envases, es el trámite que deben realizar:
- Los propietarios de marca e importador de productos envasados.
- Envasadores para terceros.
- Fabricantes e importadores de envases y otros productos.
- Empresas que consideren que sus productos se encuentran dentro de las exclusiones establecidas por el Decreto 260/007, deberán realizar la Declaración Jurada de No Alcance.
El Decreto 260/007, de 23 de julio de 2007, surge como reglamentación de la Ley 17.849 “Uso de envases no retornables” del año 2004, que fue concebida como un instrumento para promover el reuso, el reciclado y demás formas de valorización de los residuos de envases, evitando su inclusión como parte de los residuos sólidos comunes o domiciliarios.
Establece la responsabilidad de los propietarios de marca e importadores de productos envasados a responsabilizarse por la gestión pos-consumo de los envases de los productos, contando o adhiriendo a un plan de gestión de residuos de envases aprobado por la actual Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental (Dinacea; antes: Dirección Nacional de Medio Ambiente).
Abarca a todos los envases puestos en el mercado interno que llegan al consumidor final, cualquiera sea su tipo y material, a excepción de aquellos envases que sean de uso y consumo exclusivo de productos utilizados por actividades industriales, comerciales o agropecuarias.
Establece que los propietarios de marca o importadores de productos envasados, los envasadores para terceros y los fabricantes o importadores de envases, deberán inscribirse en el registro que a tales efectos llevará la Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental (Dinacea; antes: Dirección Nacional de Medio Ambiente).
ATENCIÓN: Fecha de vencimiento 2025: 31 de marzo.
Selección la opción que corresponda:
Empresas alcanzadas (por el Decreto 260/007) que se registran por primera vez
Requisitos
Presentación de formulario.
- Impreso firmado por el representante legal / apoderado / titular de la empresa (original y copia).
- Planilla complementaria del formulario tipo 3 (fabricantes o importadores de envases y otros productos) impresa y firmada. Este requisito es solo para las empresas que fabrican o importan productos alcanzados por la Resolución Ministerial Nº 271/021.
Timbre Profesional - CJPPU
- En caso de Declaración Jurada se deberá incluir el correspondiente timbre profesional, de valor vigente (Ley 17.738, Artículo 71, Inciso G).
Constancia.
- De adhesión a un plan de gestión acorde al tipo de productos comercializados, aprobado y que se encuentre en operación (Planes de gestión)
Presentación de Nota o Escrito.
- En caso de no presentar constancia, deberá presentar nota solicitando ser exonerado de este requisito en los casos que corresponda (este requisito es sólo para los propietarios de marca e importadores de productos envasados y para los fabricantes o importadores de los productos alcanzados por la Resolución Ministerial Nº 271/021).
Certificado Notarial.
- De personería jurídica y representación legal (original para exhibir y fotocopia para entregar).
- En el caso de empresas unipersonales pueden en lugar del certificado notarial presentar certificado común de BPS o certificado de vigencia anual de DGI.
- Los certificados notariales exigidos para trámites ante el Ministerio de Ambiente, se considerarán vigentes por un período de 6 meses desde su expedición, excepto los poderes que mantendrán su vigencia hasta tanto el otorgante comunique por escrito su renovación.
Otros datos de interés
Otros datos de interés:
Nuevos criterios para completar las Declaraciones Juradas de Envases, aplicados a partir de marzo 2022.
- Estos criterios responden a las estrategias desarrolladas desde el Ministerio de Ambiente para fortalecer los sistemas recuperación de residuos de envases y en atención a lo establecido por la Resolución Ministerial N° 271/2021, relativo al incremento de las metas de recuperación de residuos de envases.
- Toda la documentación solicitada debe ser presentada en Mesa de Entrada de del Ministerio de Ambiente (Juncal 1385, Montevideo).
- Las empresas que comienzan su actividad comercial, pueden realizar el registro en cualquier momento.
- Las empresas que no cumplimenten en tiempo y forma la información serán plausibles de las sanciones contempladas en el Decreto Nº 260/007.
- Si necesita con urgencia una habilitación en Aduana, podrá acceder aquí para solicitar Habilitaciones para realizar importaciones según se indica.
- Las consultas relacionadas con este trámite deben realizarse únicamente a través del correo electrónico: consultas_envases@ambiente.gub.uy.
- Recomendamos para todo lo vinculado a los trámites ante el Ministerio de Ambiente, utilizar correos electrónicos que no sean de casillas @hotmail para garantizar una correcta interacción por esta vía, en cuanto al ida y vuelta de información, documentación y consultas.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Usuario web del sistema
- Registro en el sistema de envases
En persona
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresar en el botón "Iniciar trámite en línea".
- Acceder con el usuario y contraseña del Sistema de Gestión de Envases y Residuos de Envases.
- Completar el formulario Web.
- Presentar la documentación en Mesa de entrada de Ministerio de Ambiente.
En persona
- Presentar toda la documentación solicitada en Requisitos, en Mesa de Entrada del Ministerio de Ambiente
¿Dónde y cuándo se realiza?
Ver listado de direcciones- Montevideo, Montevideo
- Dirección: Juncal 1385
- Horario: Lunes a viernes de 09:15 a 16:00 h.
- Teléfono: 2917 3380
- Montevideo, Montevideo
Otras direcciones
Mesa de Entrada del Ministerio de Ambiente
- Dirección: Juncal 1385, piso 5, Montevideo.
- Horario de atención: lunes a viernes de 09:15 a 16:00 horas.
- Correo electrónico: consultas_envases@ambiente.gub.uy
Enlaces relacionados
- Manual de usuario: Sistema de Gestión de Envases y Residuos de Envases
- Sistema de Gestión de Envases
- Habilitaciones para realizar importaciones
- Decreto 260/007 Reglamentación de la Ley 17.849 sobre reciclaje de envases.
- Web Ministerio de Ambiente: Trámites
- Resolución N° 271/021 Objetivos mínimos de recuperación y valorización de envases post-consumo no retornables