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Última actualización: 18/10/2024
Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones

Sistemas destinados a la directa prestación de servicios de radiocomunicaciones (altas y bajas de estaciones)

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

En cumplimiento del Decreto 353/023 de fecha 9 de noviembre de 2023 se le informa, que URSEC no solicita ningún requisito que se encuentre disponible en la Plataforma de Interoperabilidad (PDI); solicitándose los mismos a la administración correspondiente.  

Es el trámite que se debe realizar para obtener la aprobación de URSEC para dar el alta o baja de estaciones internas y de abonados en sistemas destinados a la directa prestación de servicios de telecomunicaciones o en sistemas de uso propio complementarios, que ostenten autorización de URSEC para su instalación y operación y con asignaciones de los canales radioeléctricos de funcionamiento.

Quedan comprendidos en este trámite las altas y bajas de estaciones de abonado de prestadores de servicios tales como radioalarmas, repetidoras comunitarias, radiodespacho de automóviles con taxímetros, etc.

No están comprendidas en este trámite las altas y bajas de estaciones de base de sistemas IMT.  

Requisitos

  • Previo a la realización de dicho trámite se deberá realizar el siguiente paso:

  • Frecuencia de presentación:

    • La solicitud debe presentarse antes que se realicen las incorporaciones de estaciones y, en el caso de bajas de estaciones, a más tardar durante el mes siguiente en el que se efectivicen.

Otros datos de interés

  • En caso de modificación de parámetros de estaciones ya registradas en URSEC: se debe dar de baja a las originales y dar el alta de las estaciones con los nuevos parámetros.
  • En caso de no existir inconvenientes, URSEC dictará resolución a la brevedad posible disponiendo los ajustes técnicos, administrativos y de facturación que correspondan, la cual será oportunamente notificada al solicitante a través del Domicilio Electrónico registrado.

 

    Iniciar Trámite en Línea

    Costos

    No tiene costo

    Vías disponibles para realizar el trámite

    • ¿Qué se necesita?

      Por Internet

      Navegador requerido:

      • Chrome versión 52 o posterior.
      • Mozilla Firefox versión 7 o superior.
      • Internet Explorer 11 o superior.

       

      En persona

      • Presentarse en oficinas de URSEC persona autorizada en el Registro de Personas y empresas de URSEC, previa agenda, para realizar el trámite en línea asistido por un funcionario.
    • ¿Cómo se hace?

      Por Internet

      1. Ingresar en el botón "Iniciar Trámite en Línea".
      2. Acceder con su usuario o identificación electrónica.
      3. Se ingresan los datos solicitados en el formulario web.
        Iniciar en Línea

        En persona

        1. Con asistencia en la sede de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, agendándose previamente.
        2. Concurriendo a URSEC, Avenida Uruguay 988, el día y hora agendado.
        3. Presentándose con la documentación solicitada.
        4. La documentación será evaluada por el organismo.
      • ¿Dónde y cuándo se realiza?

        Ver listado de direcciones
          • Montevideo
            • Dirección: Avda. Uruguay 988
            • Horario: De lunes a viernes de 9:15 a 15:15.
            • Teléfono: +598 2902 8082 – 0800-1872
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