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Última actualización: 07/03/2024
Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones

Sistemas destinados a la directa prestación de servicios de radiocomunicaciones (altas y bajas de estaciones)

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

En cumplimiento del Decreto 353/023 de fecha 9 de noviembre de 2023 se le informa, que URSEC no solicita ningún requisito que se encuentre disponible en la Plataforma de Interoperabilidad (PDI); solicitándose los mismos a la administración correspondiente.  

Es el trámite que se debe realizar para obtener la aprobación de URSEC para dar el alta o baja de estaciones internas y de abonados en sistemas destinados a la directa prestación de servicios de telecomunicaciones o en sistemas de uso propio complementarios, que ostenten autorización de URSEC para su instalación y operación y con asignaciones de los canales radioeléctricos de funcionamiento.

Quedan comprendidos en este trámite las altas y bajas de estaciones de abonado de prestadores de servicios tales como radioalarmas, repetidoras comunitarias, radiodespacho de automóviles con taxímetros, etc.

No están comprendidas en este trámite las altas y bajas de estaciones de base de sistemas IMT.  

Requisitos

  • Previo a la realización de dicho trámite se deberá realizar el siguiente paso:

  • Frecuencia de presentación:

    • La solicitud debe presentarse antes que se realicen las incorporaciones de estaciones y, en el caso de bajas de estaciones, a más tardar durante el mes siguiente en el que se efectivicen.

Otros datos de interés

  • En caso de modificación de parámetros de estaciones ya registradas en URSEC: se debe dar de baja a las originales y dar el alta de las estaciones con los nuevos parámetros.
  • En caso de no existir inconvenientes, URSEC dictará resolución a la brevedad posible disponiendo los ajustes técnicos, administrativos y de facturación que correspondan, la cual será oportunamente notificada al solicitante a través del Domicilio Electrónico registrado.

 

    Iniciar trámite en línea

    Costos

    No tiene costo

    Vías disponibles para realizar el trámite

    • ¿Qué se necesita?

      Por Internet

      Navegador requerido:

      • Chrome versión 52 o posterior.
      • Mozilla Firefox versión 7 o superior.
      • Internet Explorer 11 o superior.

       

      En persona

      • Presentarse en oficinas de URSEC persona autorizada en el Registro de Personas y empresas de URSEC, previa agenda, para realizar el trámite en línea asistido por un funcionario.
    • ¿Cómo se hace?

      Por Internet

      1. Ingresar en el botón "Iniciar Trámite en Línea".
      2. Acceder con su usuario o identificación electrónica.
      3. Se ingresan los datos solicitados en el formulario web.

      Consultas sobre como realizar el trámite:

      • Número de WhatsApp 091671177

      Otras consultas: 

      Iniciar en Línea

      En persona

      1. Con asistencia en la sede de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, agendándose previamente.
      2. Concurriendo a URSEC, Avenida Uruguay 988, el día y hora agendado.
      3. Presentándose con la documentación solicitada
      4. La documentación será evaluada por el organismo.
    • ¿Dónde y cuándo se realiza?

      Ver listado de direcciones
        • Montevideo
          • Dirección: Avda. Uruguay 988
          • Horario: De lunes a viernes de 9:15 a 15:15.
          • Teléfono: +598 2902 8082 – 0800-1872
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