Resolución N° 3/010 sobre entrega de información

La denuncia presentada ante esta Unidad el día 2 de diciembre del corriente por la ausencia de respuesta la información que fuera solicitada, de parte del Ministerio del Interior.

VISTO: La denuncia presentada ante esta Unidad el día 2 de diciembre del corriente por la ausencia de respuesta la información que fuera solicitada, de parte del Ministerio del Interior.

RESULTANDO:

I) Que el denunciante alega no haber obtenido respuesta por parte del sujeto obligado.

II) Que el denunciado si bien se presentó ante esta Unidad a notificarse de la denuncia, no lo hizo a presentar sus descargos.

CONSIDERANDO:I) Que el Ministerio del Interior, al tratarse de una entidad pública, es sujeto obligado a efectos de la Ley Nº 18.381, y por tanto la información que produzca, obtenga o tenga en su poder o bajo su control es en principio pública, conforme al artículo 4º de la Ley N° 18.381.

II) Que, el sujeto obligado no cumplió lo establecido por la Ley N° 18.381 no al entregar la información solicitada, ni alguna respuesta determinando los motivos de su negativa.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto,

El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública

RESUELVE:

I) Declarar que el Ministerio del Interior ha incumplido la Ley Nº 18.381.

II) Sugerir al Ministerio del Interior que entregue al denunciante la información que oportunamente fuera solicitada.

III) Notifíquese, publíquese y oportunamente archívese. Fdo. Dra. Sonia Sena Presidente Interino de la UAIP

 

Fdo. Dra. Sonia Sena

Presidente Interino de la UAIP

Descargas

Etiquetas