Resolución N° 72/024 Sobre no contravención a la Ley

La denuncia presentada ante esta Unidad por AA, contra la Administración Nacional de las Usinas y Transmisiones Eléctricas en relación con una solicitud de información realizada al amparo de lo dispuesto en la Ley de Acceso a la Información Pública N° 18.381, de 17 de octubre de 2008.

VISTO: La denuncia presentada ante esta Unidad por AA, contra la Administración Nacional de las Usinas y Transmisiones Eléctricas en relación con una solicitud de información realizada al amparo de lo dispuesto en la Ley de Acceso a la Información Pública N° 18.381, de 17 de octubre de 2008;

RESULTANDO:

  1. que la persona se presentó ante el sujeto obligado a solicitar “1. Copia de Acta del Comité de Valoración de puestos del día en que fueron presentados por Gcia. Gestión Humana, las valoraciones de los Cargos Jefe Control Financiero y Jefe Operaciones de Tesorería (que resultara luego en la R23-1081), y del Cargo Jefe de Financiamiento. 2. Instructivos de Aplicación de la Metodología HAY. 3. Puntajes completos asignados por cada item de dicha Metodología para los referidos 3 cargos, consignando en todos los casos los elementos considerados para la valoración resultante”;
  2. que el sujeto prorrogó el plazo para responder la solicitud invocando que “aún no se han expedido los servicios técnicos y/o Directorio respecto a la consulta formulada” lo que no resulta suficiente a criterio de la denunciante;
  3. que, de la denuncia recibida, se dio traslado al organismo involucrado, la cual no fue evacuada;

CONSIDERANDO:

  1. que, esta Unidad no tiene dentro de sus potestades de control la entrega o no de los medios de prueba solicitados para la fundamentación de un recurso administrativo y solo se analiza el presente caso en atención a que existe una solicitud de acceso a la información pública;
  2. que se entiende que la prórroga se encuentra fundada, conforme los criterios establecidos por esta Unidad mediante la Resolución N° 71/021 (https://www.gub.uy/unidad-acceso-informacion-publica/institucional/norm…);

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley N° 18.381, de 17 de octubre de 2008;

El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública

RESUELVE:

  1. Indicar que no hubo contravención a la Ley de Acceso por parte de la Administración Nacional de las Usinas y Transmisiones Eléctricas al disponer la prórroga del plazo para responder la solicitud de acceso, por lo que se deberá estar a la espera de la entrega de la información solicitada.
  2. Notifíquese, publíquese y oportunamente, archívese.

 

Firmado por: Dra. Mariella Saettone

Presidenta del Consejo Ejecutivo

Unidad de Acceso a la Información Pública

Descargas

Etiquetas