Informe N° 761/2016

Informes

Informe propuesta ajuste tarifario de UTE a regir a partir de enero 2017.

Montevideo, 27 de diciembre de 2016
Sr. Presidente de URSEA
Ing. César Falcón
Ref.: Exp 1011-02-006-2016
Informe INF-00761-2016
Informe sobre la propuesta de ajuste tarifario de tarifas de electricidad – vigencia
Enero de 2017

El presente informe refiere a la propuesta de ajuste tarifario a regir a partir de enero de 2017, que plantea un incremento medio de 7,5%, de acuerdo a lo expresado en la nota NR 1976-2016 de UTE, recibida en la URSEA el día 23/12/2016.
Se deja constancia que, el procedimiento y plazos dispuestos, no permitieron realizar consultas o pedido de aclaraciones sobre la propuesta de ajuste, no siendo posible tampoco la coordinación técnica con la Dirección de Energía (DNE) del Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM). Con relación a la determinación del nivel tarifario (y con mayor habitualidad respecto a cambios en la estructura tarifaria), en oportunidades anteriores a los dos últimos ajustes, se realizaron reuniones de coordinación e intercambio de información con los técnicos de UTE y DNE, que permitieron conocer en mayor profundidad los parámetros de ajuste así como los elementos conceptuales del mismo y criterios adoptados, para un análisis más detallado por parte del regulador. Estas circunstancias, sumadas al escaso tiempo
disponible de análisis, necesariamente limitan el alcance del presente informe.

Conjuntamente con la nota NR 1976-2016 de UTE se recibió la siguiente información:

  • Proyecto de Pliego Tarifario
  • Resolución R 16.-3104 del Directorio de UTE
  • Copia de informe (1) al Directorio de UTE del 20/12/2016 firmada por el Gerente de Sector Presupuesto y Prospección Financiera, Sub Gerente de Estudios Financieros y Costos y Gerente E/F Área de Servicios Corporativos. Incluye cuadro resumen del programa financiero y de paramétrica para 2017 
  • Copia de informe (2) al Directorio de UTE del 20/12/2016 firmada por el Sub Gte. de Análisis Tarifario y el Jefe de Tarifas, referida a la distribución del aumento entre categorías y componentes tarifarios

Respecto al guarismo de incremento promedio, el informe técnico propone un incremento de 4,62%. Se destacan los siguientes argumentos y supuestos expresados en el mencionado informe (1):

  • Proyección de las variables macroeconómicas consideradas para el 2016, comunicadas por el Gobierno: 
 IPCDólarDólar
Evolución anual8,83%14,32%8,97%
Variación promedio 2017-promedio 20168,75%-1,41%8,97%
  • Previsión de evolución del precio de referencia del petróleo WTI, evolución anual promedio -1,72%.
  • Se hace constar en el informe que “con este aumento tarifario medio de 4,62% se estaría alcanzando en el Programa Financiero 2017 un resultado operativo de USD 758,5 millones superior en USD 75 millones al superávit operativo de la Programación Financiera 2015 del presupuesto aprobado, que a precios de 2017 asciende a USD 683,6 millones”.
  • Se enuncian otros ajustes realizados al Programa Financiero presentado: inclusión de ingresos por peajes por 3.5 millones de USD más IVA, no inclusión de ingresos extraordinarios por multas de 42 mills. de USD., consideración de una bonificación de 2 mills. de USD para aplicar a descuentos comerciales de tarifas TCB, economías en gastos de personal por no cobertura de parte de las vacantes generadas en cumplimiento del compromiso de gestión, escenario energético con exportación de excedentes, ajustes de gastos de capital de acuerdo al monto de ingresos extraordinarios y resultado de cobertura por impacto de contrato de swap de monedas firmado con el BCU por compra de dólares a futuro a un precio establecido (período enero a abril 2017).

No se presenta como en otras oportunidades detalle de cálculo del costo de abastecimiento de la demanda (CAD), ni del aumento previsto en la demanda energética. Se sugiere se solicite a UTE un detalle del cálculo del CAD y su evolución, sin perjuicio de solicitar presentaciones técnicas de las propuestas del incremento de nivel de 4,62% y de los cambios en la estructura tarifaria. El resumen del cálculo por paramétrica se presenta en el siguiente cuadro: 

COMPONENTEUSDIPCSalariosPetróleoCoberturaINCREMENTO PARA-MÉTRICA
Ponderación36,05%30,67%18,35%4,31%10,62%100%
Evolución Prom. 2017 / Prom. 2016-1,41%8,75%8,97%-1,41%8,75% 
Petróleo WTI   -1,72%  
Resultado-0,51%2,68%1,65%-0,13%0,93%4,62%

 

En síntesis, el informe técnico de UTE plantea un aumento del nivel tarifario de 4,62%. El mismo no se refiere al ajuste finalmente propuesto de 7,5%, respecto al cual el considerando II de la Resolución de UTE expresa: “que de acuerdo a lineamientos recibidos, consistentes con la mejora del déficit fiscal establecido en la Ley de Presupuesto vigente, se definió para UTE un ajuste medio de tarifa del 7,5% a partir del 1° de enero de
2017.”
Esta asesoría entiende que su análisis alcanza lo referido a los costos específicos de las actividades desarrolladas en sector eléctrico por parte de la empresa y no le corresponde pronunciarse sobre consideraciones referidas a aspectos macroeconómicos (por ej. relacionadas con objetivos sobre la inflación o metas vinculadas a las cuentas públicas), que puedan fundamentar la aplicación de un guarismo diferente de ajuste.
En relación a ajustes en la estructura tarifaria, el informe (2) de UTE expone la distribución del aumento general dispuesto en forma diferenciada para las distintas categorías tarifarias. En general, tal diferenciación se fundamenta en los distintos costos atribuibles en términos de causalidad a las múltiples categorías (en particular diferente composición de costos de energía y de red imputables a clientes en variados niveles de tensión y con diversas curvas de carga). 

En esta ocasión se aplica el aumento general de 7,5% a casi todas las categorías, exceptuándose los medianos consumidores en 6,4 kV a 31,5 kV (MC2 y MC3) y Grandes Consumidores en 63 kV (GC4) y la Tarifa General Simple.
A las categorías mencionadas de clientes de mayor porte se aplica un aumento de 8%. Se pretende para estas categorías la aplicación de tarifas con menor energización (es decir un cargo relativamente menor por energía consumida y un cargo relativamente mayor por potencia contratada). Respecto a la tarifa GC4 se busca equiparar los cargos por potencia con los de la Tarifa GC3, en función de que corresponden a niveles de
tensión donde no se diferencian los peajes.
La tarifa general simple se ajusta por debajo del incremento general continuando un sendero de ajuste para alcanzar una relación adecuada respecto a los costos relativos de los consumidores de esa categoría. En términos generales esta asesoría comparte conceptualmente los ajustes diferenciados planteados, los que por otra parte son consistentes con los ajustes graduales en la estructura que se vienen realizando en los últimos años. En particular,
se considera adecuada la modificación de la potencia mínima facturada (tendiéndose a cobrar por la contratada y no la máxima medida) y los ajustes que impliquen acercar los cargos por potencia a los niveles de los peajes en las tarifas de consumidores de mayor porte. No obstante se reitera la sugerencia de plantear una meta temporal para la definitiva convergencia de esos conceptos.
Tal como se ha expresado en informes anteriores, se considera primordial disponer de un procedimiento consensuado y plurianual para la determinación de un nivel de
tarifa técnico de referencia, sin perjuicio de la fijación de una tarifa de aplicación que pueda tomar en cuenta otros objetivos, por ejemplo de tipo macroeconómico (inflación, nivel de endeudamiento público, etc.).

Ec. Sergio Pérez de la Llana

Encargado de la División Aspectos Económicos

Gerencia de Regulación

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