Energía Solar Térmica

Pre instalaciones ANV

El Reglamento de Promoción de la Vivienda de Interés Social ha sido modificado a través de la Resolución Nº 539/2020 del MVOTMA, dejando sin efecto el requisito de preinstalación solar.

Descripción

El Reglamento de Promoción de la Vivienda de Interés Social, aprobado por Resolución Nº 434/2017 del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA) en su artículo 8 - Preinstalación para calentamiento de agua por medio de energía solar, establecía que: "Los proyectos deberán prever las instalaciones sanitarias y de obras, necesarias para que las viviendas puedan recibir en el futuro, el equipamiento para calentamiento de agua por medio de energía solar."

Se preveía en dicho artículo que el beneficiario quede exonerado total o parcialmente del cumplimiento de esto, siempre que presente un pronunciamiento de la URSEA en dicho sentido.

Se observa que el Reglamento de Promoción de la Vivienda de Interés Social, ha sido modificado por Resolución Nº 539/2020 del MVOTMA, dejando sin efecto el requisito de preinstalación solar.

El listado de las constancias de exoneración emitidas emitidas por la Ursea en el marco de lo establecido en la Resolución N° 434/2017 se encuentra a continuación:

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