Descripción

Regulación y fiscalización de energía eléctrica

Ursea establece la regulación en materia de calidad, seguridad y defensa del consumidor de todas las actividades referidas a la energía eléctrica, y su posterior fiscalización.

Descripción

La energía eléctrica constituye un pilar fundamental del estilo de vida moderno de nuestra sociedad. Resulta muy difícil imaginar la vida actual sin el soporte de tantos equipos y productos que utilizan energía eléctrica como su fuente principal de alimentación.

El proceso que hace posible la disponibilidad de esta energía por parte de los usuarios consumidores involucra diferentes etapas: 

  1. generación de la energía eléctrica a partir de diversas fuentes primarias (hidráulicas, combustibles fósiles y energía renovables no convencionales);
  2. transmisión a través de largas distancias desde los centros de generación a los centros de consumo;
  3. distribución en el interior de los centros poblados, hasta tenerla disponible en los hogares, industrias y comercios del país.

Dentro de la instalación propia de cada usuario consumidor la energía se distribuye a través de su instalación eléctrica interior hasta llegar a cada equipo receptor que requiera de ella para su funcionamiento.

Normativa

En Uruguay, la ley Nº 16.832 del 17 de junio de 1997 consagró a la generación de energía eléctrica como una actividad de libre iniciativa por parte de cualquier sujeto público o privado, mientras que otorgó la calificación de servicio público a la trasmisión y la distribución, en cuanto se destinen total o parcialmente a terceros en forma regular o permanente. Tanto la actividad de transmisión como la de distribución son prestadas en todo el país por el ente estatal UTE.

De acuerdo a lo establecido en la ley N°17.598 del 13 de diciembre de 2002, y modificada según redacción dada por la ley N° 18.719 del 20 de diciembre de 2010, la Ursea es quien establece la regulación en materia de calidad, seguridad y defensa del consumidor de todas las actividades referidas a la energía eléctrica, y su posterior fiscalización. 

La Ursea procura en su accionar lograr los siguientes objetivos:

  • Extensión y universalización del acceso al servicio.
  • Protección del medio ambiente.
  • Seguridad del suministro.
  • Adecuada protección de los derechos de los usuarios y consumidores.
  • Promoción de la libre competencia en la prestación, sin perjuicio de los monopolios y exclusividades legalmente dispuestos.
  • La prestación igualitaria, con regularidad, continuidad y calidad de los servicios.

La referida ley faculta a la Ursea a, entre otras cosas, dictar normas técnicas; proteger los derechos de usuarios y consumidores, atender sus denuncias y reclamos respecto a los servicios comprometidos que no hayan sido atendidos por los prestadores; asesorar al Poder Ejecutivo en materia de convenios internacionales u otros aspectos comprendidos en su competencia; examinar en forma permanente las tarifas y precios correspondientes a los servicios comprendidos dentro de su competencia; realizar las inspecciones necesarias y aplicar las sanciones previstas en la reglamentación.

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