Inicio de Etiquetado Obligatorio de Vehículos Eléctricos

A partir del 28 de setiembre de 2025, todos los vehículos eléctricos puros categorías M1 y N1 que ingresen al país deberán contar con la etiqueta de eficiencia energética.
Resolución delegada autorización del uso de la etiqueta de eficiencia energética, trámite EE-AE-2025-69-1-005502;
Resolución delegada autorización del uso de la etiqueta de eficiencia energética, trámite EE-AE-2025-69-1-005501;
Resolución delegada autorización del uso de la etiqueta de eficiencia energética, trámite EE-AE-2025-69-1-005499;
Resolución delegada autorización del uso de la etiqueta de eficiencia energética, trámite EE-AE-2025-69-1-005477;
Resolución delegada autorización del uso de la etiqueta de eficiencia energética, trámite EE-AE-2025-69-1-005541;
Resolución delegada autorización del uso de la etiqueta de eficiencia energética, trámite EE-AE-2025-69-1-005498;
Resolución delegada autorización del uso de la etiqueta de eficiencia energética, trámite EE-AE-2025-69-1-005511;
A partir del 28 de setiembre de 2025, todos los vehículos eléctricos puros categorías M1 y N1 que ingresen al país deberán contar con la etiqueta de eficiencia energética.
Resolución delegada autorización del uso de la etiqueta de eficiencia energética, trámite EE-AE-2025-69-1-005398;
Resolución delegada autorización del uso de la etiqueta de eficiencia energética, trámite EE-AEX-2025-69-1-005091;