El Poder Ejecutivo promulgó el Decreto N° 169/026 sobre Plan Anual de Compras

La nueva reglamentación precisa el contenido, alcance y forma de publicación de los planes anuales de compras, manteniendo la obligación de su elaboración y publicación en la plataforma web de la Agencia Reguladora de Compras Estatales (ARCE), antes del 31 de diciembre del año anterior al de su ejecución.
El principal objetivo es unificar criterios, actualizar la normativa vigente y garantizar la transparencia del gasto público.
A continuación, se detallan algunos puntos claves de la normativa:
· Obligatoriedad general: Afecta a todos los organismos estatales comprendidos en el artículo 451 de la Ley N° 15.903, con excepción de los Gobiernos Departamentales.
· Alcance: Los planes anuales de contratación se compondrán de la información relativa a los bienes y servicios que cada Administración estime contratar durante el año planificado.
· Cumplimiento preceptivo: La inclusión de cada adquisición en el plan anual de contratación es obligatoria para iniciar cualquier procedimiento competitivo.
· Contrataciones opcionales: Las administraciones podrán añadir de forma voluntaria compras mediante mecanismos no competitivos siempre que puedan ser previstas con anticipación.
En el siguiente enlace se podrá acceder al texto del Decreto Nº 169/026.
