RUPE

Registro Único de Proveedores del Estado

El Registro Único de Proveedores del Estado permite registrar y mantener la información actualizada de todas las personas físicas y jurídicas interesadas en contratar con el Estado.

Objetivos

  • Disponibilizar toda la información relevante para los organismos públicos al momento de contratar una empresa, brindando acceso a la misma desde un solo lugar y de forma inmediata.

Descripción

Además, los proveedores tienen acceso a la información que de ellos conste en el registro, sin necesidad de solicitud previa. La Agencia Reguladora de Compras Estatales (ARCE) es responsable del desarrollo, funcionamiento y mantenimiento del RUPE. 

Beneficios

  • Mejora la eficiencia en los procesos de contratación que realiza el Estado.

  • Da acceso inmediato a los organismos públicos a toda la información que puede ser relevante al momento de contratar una empresa.

  • Disminuye los trámites que los proveedores deben realizar a la hora de contratar con el Estado, evitando la presentación de certificados cada vez que oferten en algún procedimiento de compra pública.

  • Cada proveedor tendrá acceso a la información que de ellos consta en el RUPE, ya sea en forma directa o en forma electrónica, en tiempo real y podrán actualizarla cuando sea necesario.

  • El Estado cuenta con información histórica del desempeño de los proveedores en el cumplimiento de sus contratos. Esto beneficia tanto al Estado como a sus colaboradores.

Las contrataciones y RUPE

Para poder contratar con el Estado es necesario estar inscripto en RUPE. Oferente y adjudicatario deberán cumplir con los puntos a continuación:

Oferente

El proveedor debe estar inscripto en RUPE y en uno de estos dos estados: 

  • En ingreso  
  • Activo

Adjudicatario 

El proveedor debe estar inscripto en RUPE y en estado activo.

Excepciones 

Excepciones a la inscripción de RUPE, conforme la facultad dispuesta en el artículo 2 del Decreto N° 155/013, de 21 de mayo de 2013. 

Resolución N° 11/014, de 9 de julio de 2014

Excepción del requisito de inscripción en el Registro Único de Proveedores del Estado (RUPE) a Proveedores Extranjeros, en determinadas contrataciones y de acuerdo al procedimiento que se indica.

Resolución N° 12/014, de 9 de julio de 2014

Excepción del requisito de inscripción en el Registro Único de Proveedores del Estado (RUPE), a aquellas contrataciones de bienes o servicios, cualquiera sea su modalidad, por parte de los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados integrantes del dominio industrial, comercial y financiero del Estado, destinadas exclusivamente a servicios que se encuentren de hecho o de derecho en regímenes de libre competencia.

Resolución N° 1/016, de 10 de agosto de 2016

Excepción del requisito de inscripción en el Registro Único de Proveedores del Estado (RUPE) a aquellas contrataciones en que, con independencia de su fuente de financiamiento, se pacte el pago del precio al contado y su monto sea inferior al 15% (quince por ciento) del límite máximo establecido en el literal B) del artículo 33 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF).

Resolución N° 10/024, de 31 de enero de 2024

Excepción del requisito de inscripción en el Registro Único de Proveedores del Estado (RUPE) al proveedor José Alberto Belloni Conrado respecto de la compra por excepción para la adquisición del conjunto de piezas del escultor JOSÉ BELLONI al amparo del Artículo 33, literal D), numeral 5 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF)"

 

 

 

¿A quién está dirigido?

  • Proveedores y Compradores

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