Contrataciones del Estado

Causales de excepción

Atendiendo la necesidad de mejorar la eficiencia en el trámite para el uso de la causal de excepción del Art. N° 33 del TOCAF literal D numeral 10, la Agencia Reguladora de Compras Estatales ha elaborado una guía de pautas a seguir.

Descripción

Es necesario recordar que a partir de la vigencia de la Ley de Urgente Consideración N° 19.889, todas las referencias normativas respecto de la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado, así como la causal del numeral 9, literal C) del Art. 33 del TOCAF se entenderán realizadas a la Agencia Reguladora de Compras Estatales, y a la causal del numeral 10, literal D) del Art. 33 del TOCAF respectivamente.

A continuación se adjunta la Resolución del Consejo Directivo Honorario para definir las causales de excepción.

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