Sistemas Dinámicos de Adquisición (SDA)
SDA, a su vez es un procedimiento priorizado, de acuerdo a lo establecido en el artículo 33 del TOCAF, antes de iniciar cualquier procedimiento competitivo, todos los organismos estatales (excepto los Gobiernos Departamentales) deben consultar preceptivamente si el producto o servicio que necesitan se encuentra disponible en un SDA vigente. Si está disponible, es obligatoria su adquisición por este medio.
Los SDA están regulados por el artículo 40 de la Ley N° 20.075 de rendición de cuentas y balance presupuestal para el ejercicio 2021 y el Decreto N° 13/025 de fecha 21 de enero de 2025.
El Decreto N° 13/025 establece:
Las disposiciones generales de aplicación a los SDA, que incluye las características, alcance y etapas del procedimiento.
Forma de implementación de los SDA, contempla las reglas para la creación y administración de un SDA, así como el procedimiento para la incorporación de nuevos productos y proveedores.
Procedimiento para la celebración de los contratos específicos, contiene reglamentación sobre la adjudicación e incumplimientos en el marco del contrato.
Los SDA se rigen por los principios de la contratación administrativa del Artículo 149° del Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado.
¿Cómo funcionan los SDA?
Los SDA se desarrollan en 2 etapas:
Conformación de una nómina de proveedores habilitados
Se realiza una convocatoria para integrar una lista de proveedores habilitados
Se evalúa el cumplimiento de los requisitos de los proveedores de acuerdo a lo solicitado en el pliego de condiciones
Los proveedores que califican pasan a integrar la nómina de proveedores
Durante la vigencia de la nómina pueden ingresar nuevos proveedores y productos, de acuerdo a lo que establezca el pliego de condiciones
Contratos específicos
Cuando la Administración Pública Estatal o no Estatal tiene una necesidad de adquirir un bien, servicio u obra realiza una convocatoria a los proveedores que integran la nómina
Los proveedores presentan sus ofertas
Se adjudica de acuerdo a los criterios establecidos en el pliego de condiciones
Todo el proceso se gestiona a través de medios electrónicos, asegurando agilidad, transparencia y trazabilidad.
Importante
La ARCE administra el módulo SDA, siendo una herramienta informática que permite el armado de una compra específica.
¿Qué ventajas ofrecen los SDA?
Dinamismo: permite el ingreso de proveedores y productos durante su vigencia, sin necesidad de esperar una nueva convocatoria.
Eficiencia operativa: reduce los tiempos administrativos mediante una segunda etapa simplificada.
Transparencia: al ser totalmente electrónico, facilita el seguimiento de todas las etapas.
Flexibilidad: puede utilizarse para múltiples categorías de bienes o servicios de uso corriente, adaptándose a las necesidades de cada organismo.
Se trata de un sistema abierto: durante toda su vigencia, pueden incorporarse nuevos proveedores y productos que cumplan con los requisitos establecidos, lo que estimula la competencia y mejora las condiciones de contratación.
Por más información pueden consultar las Preguntas Frecuentes:
